Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE NEUQUEN, 25 de Septiembre de 2017, expediente FGR 011460/2014/TO01/5

Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE NEUQUEN

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE NEUQUEN 11460/2014 Neuquén, 25 de septiembre de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

El presente incidente de excarcelación formado respecto de G.E. PARA en los autos “PARRA, G.E.; ULLMAN, J.E.;P., M. DE LAS NIEVES; ALBARADO, JOSÉ DALMACIO S/INFRACCIÓN LEY 23.737”, Expte. N°

11460/2014/TO1, y CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 148 el abogado defensor del imputado G.E.P. (titular del DNI 30.423.468) manifestó que el nombrado está viviendo en el “barrio Chacra 25”.

    En virtud de ello solicitó que en lo sucesivo se cursen las notificaciones que resulten necesarias a través de la Delegación General Roca de la Policía Federal Argentina; así

    como que se lo autorice a realizar las presentaciones ante dicha repartición.

  2. De la compulsa del presente se advierte que el encartado PARRA viene cumpliendo con la obligación de presentarse que le fuera impuesta por el Juzgado instructor al concederle la libertad (fs. 6/8).

    De lo que se colige su voluntad de mantenerse a derecho en el proceso seguido en su contra.

  3. Como corolario de lo expuesto, habremos de hacer lugar al pedido formulado.

    Como consecuencia de ello se dispondrá que en lo sucesivo, G.E.P. se presente quincenalmente ante la Delegación General Roca de la Policía Federal Argentina, Fecha de firma: 25/09/2017 Alta en sistema: 26/09/2017 Firmado por: E.K., JUEZ DE CAMARA Firmado por: ORLANDO ARCANGEL COSCIA, PRESIDENTE Firmado por: M.W.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: V.H.C. #29070678#189271012#20170926104448744...

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