Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA PLATA NRO. 1 - SECRETARIA, 6 de Enero de 2020, expediente FLP 034000009/2005/TO01/39

Fecha de Resolución 6 de Enero de 2020
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA PLATA NRO. 1 - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA PLATA NRO. 1 FLP 34000009/2005/TO1/39 La Plata, de enero de 2020.

AUTOS Y VISTO: El recurso de casación interpuesto por la doctora L.I.D., Defensora Pública Oficial, en representación de C.E.C. y; CONSIDERANDO:

  1. Que la doctora L.I.D., presento en tiempo y forma recurso de casación contra la resolución dictada por este tribunal en la que no hace lugar al pedido de excarcelación de C.E.C..

    A tal efecto constituyó domicilio en la Defensoría Oficial ante la Cámara Federal de Casación Penal solicitando se de oportuna intervención.

    Realizó una reseña de la procedencia y el porque resultaría admisible el recurso interpuesto, señaló

    que el recurso era procedente ya que la sentencia recurrida era equiparable por sus efectos a la sentencia definitiva, contra la que recurrió dentro del plazo del articulo 463 del CPPN y en la forma prevista. En apoyo a su postura, citó fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

    Fundamentó su recurso, explicando cuales era los los agravios, destacando que el acto jurisdiccional atacado es una decisión definitiva en atención a la afectación de garantías constitucionales (artículo 18 de la Constitución Nacional) en tanto se conculca el derecho de permanecer en libertad mientras tramita el proceso.

    Expresó que esa defensa encuentra afectados los principios, garantías y derechos consagrados por el artículo 18 de la Constitución Nacional y los tratados internacionales conf. Art.75 inc.22.

    Finalmente, solicitó que se tenga por presentado en tiempo y forma el presente recurso, se tenga constituido el domicilio en la Defensoría Publica Oficial con actuación ante la Cámara Federal de Casación Penal, y se conceda el recurso elevándose a la Cámara Federal de Casación Penal.

    Fecha de firma: 06/01/2020 Alta en sistema: 07/01/2020 Firmado por: N.J.J., JUEZ SUBROGANTE Firmado por: R.A.L.A., JUEZ SUBROGANTE Firmado(ante mi) por: K.M.Y., SECRETARIA DE JUZGADO #34453988#253838675#20200103140442004 A su vez dejó expresa reserva del caso federal para recurrir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y ante la Comisión Interamericana sobre los Derechos Humanos.

  2. Que llegado el momento de resolver, habiendo evaluado los agravios planteados por la señora Defensora Pública Oficial, adelantamos que, a criterio de este Tribunal, corresponde conceder el recurso interpuesto.

    Ciertamente, se encuentran satisfechos los recaudos de tiempo y forma a los que se...

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