Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 12 de Mayo de 2020, expediente FSM 000524/2018/TO01/39/CFC009

Fecha de Resolución12 de Mayo de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Cámara Federal de Casación Penal S. III

Causa Nº FSM 524/2018/TO1/39/CFC9

Sueldo, O.S. y otros s/recurso de casación

Registro nro.:

Buenos Aires, 12 de mayo de 2020.

AUTOS, VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Los señores jueces doctores L.E.C. y E.R.R. dijeron:

Que la ley 24.390, modificada por la 25.430, ha regulado los plazos de duración de la prisión preventiva; las causales por las cuales el representante del Ministerio Público Fiscal puede oponerse a su cese -que relaciona con las restricciones a las eximiciones de prisión y de excarcelación establecidas en el artículo 319 del Código Procesal Penal-; su régimen de control; las sanciones por sus incumplimientos; y aún los condicionamientos de las libertades.

Teniendo en consideración esa regulación especial, y que esa medida cautelar cuenta además con los institutos propios de contracautela; a los efectos de atender las específicas prescripciones legislativas y no replicar institutos, que inciden en la indefinición de las incidencias, es que de ahora en adelante ha de atenerse a los controles previstos en la ley que rige el instituto.

Y como el control de la prisión preventiva exigido en la ley fue satisfecho por esta Cámara en el efectuado in re: FSM 524/2018/TO1/39/2/CFC8 “., B.D. y otros s/control de prórroga de prisión preventiva”(Reg. nº

275/20, rta. el 28/04/2020), y en ella no está previsto el recurso de casación, el otorgado por el Tribunal Oral en lo 1

Fecha de firma: 12/05/2020

Firmado por: L.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: G.J.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado(ante mi) por: L.D.P.R., SECRETARIA DE CAMARA

Criminal Federal Nº 5 de San Martín, provincia de Buenos Aires, respecto de la prórroga de la prisión preventiva dispuesta a A.M.T., S.O.S. y B.D.S., resulta mal concedido.

Tal es nuestro voto.

El señor juez doctor J.C.G. dijo:

Si bien la resolución cuestionada resulta equiparable a sentencia definitiva, ya que puede ocasionar un perjuicio de imposible reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela judicial inmediata (Fallos: 280:297;

290:393; 307:359; 308:1631; 310:1835; 310:2245; 311:358;

314:791; 316:1934, entre otros), la defensa no ha logrado demostrar la existencia de un agravio federal debidamente fundado para habilitar la jurisdicción de esta Cámara como tribunal intermedio.

Ello toda vez que esta S. recientemente tomó nota de la prórroga de la prisión preventiva ordenada por el...

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