Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA, 20 de Diciembre de 2019, expediente FGR 010388/2015/TO01/38

Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 10388/2015/TO1/38 Incidente Nº 38 - IMPUTADO: PANCARI, O.D. s/INCIDENTE DE EXCARCELACION General Roca, 20 de diciembre de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Los presentes actuados caratulados “PANCARI O.D. s/incidente de excarcelación” (inc. nro. FGR 10388/2015/TO1/38); puesto a despacho para resolver y, CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 26/31 se presenta la doctora S.M.C. solicitando la excarcelación de su asistido O.D.P., actualmente detenido en la Unidad nro. 5 del Servicio Penitenciario Federal, con los argumentos de hecho y derecho allí vertidos y que en honor a la brevedad den por reporducidos y se tienen presentes.

    Asimismo, solicitó subsidiariamente que se le otorgue a su defendido el beneficio de prisión domiciliaria, aduciendo que el nombrado es una persona de 57 años de edad y padece graves patologías articulares que requieren tratamiento continuo y permanente. Agregó que ha sido sometido a intervención quirúrgica severa de las que derivaron secuelas y que le impedirían continuar con su detención en un establecimiento carcelario.

  2. Que corrida vista a la Sra. Fiscal General, en su dictamen de fs. 33 solicitó el rechazo, por los fundamentos allí invocados y que se dan por reproducidos.

  3. Que conforme surge de autos O.D.P. fue condenado por este Tribunal mediante sentencia de fecha 9 de febrero de 2018, a las penas de: a) NUEVE (9)

    Fecha de firma: 20/12/2019 Firmado por: M.W.G., JUEZ DE CAMARA SUBROGANTE Firmado por: A.A.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: D.M.P., SECRETARIO DE CAMARA #33027281#253172547#20191220130659209 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 10388/2015/TO1/38 AÑOS DE PRISIÓN; b) PERDIDA de las concesiones, regímenes especiales, privilegios y prerrogativas de que gozare; c)

    ejercicio del comercio; d) INHABILITACION ESPECIAL PERPETUA para desempeñarse como miembro de las fuerzas de seguridad; e)INHABILITACION ABSOLUTA POR EL DOBLE DE LA CONDENA para desempeñarse como empleado o funcionario público; f)

    ACCESORIAS LEGALES, y g) PAGO DE LAS COSTAS PROCESALES, por considerarlo coautor penalmente responsable del delito de tentativa de contrabando, agravado en función de la naturaleza de la mercadería –estupefacientes-, destinada inequívocamente a su comercialización, y por haberse intentado con la intervención de tres o más personas, según hechos ocurridos el día 4 de junio de 2015, ocasión en que fuera incautado el estupefaciente y que constituyó materia de acusación. (arts. 1, 5, 12, 21, 23, 29 inc. 3°, 40, 41, 45 y 77 del Código Penal, 403, 530, 531 y 533 del Código Procesal Penal y 861, 864 inc. “d”, 865 incs. “a”, “g” e “i”; 866 –segundo párrafo-, 871, 876 apartado 1 incs. “c”, “d”, “e”, “f” y “h” y 886 apartado 1 y 1026 del Código Aduanero).

    Que dicho fallo fue impugnado, entre otros, por el...

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