Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2, 7 de Octubre de 2021, expediente FMZ 003515/2016/TO01/36
Fecha de Resolución | 7 de Octubre de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2 |
S.I.
Causa Nº FMZ 3515/2016/TO1/36
L.H., F.A. y otros s/ incidente de recurso extraordinario
Cámara Federal de Casación Penal Registro nro.: 1660/21
Buenos Aires, 7 de octubre de 2021.
AUTOS Y VISTOS:
Integrada la S.I. de la Cámara Federal de Casación Penal por los señores jueces A.W.S., Carlos A.
Mahiques y G.J.Y., bajo la presidencia del primero de los nombrados, reunidos de manera remota y virtual de conformidad con lo establecido en las Acordadas 27/20 y concordantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y 15/20 y concordantes de este cuerpo, para decidir acerca del recurso extraordinario federal interpuesto en la presente causa Nº FMZ 3515/2016/TO1/36 del registro de esta Sala,
caratulada: “L.H., F.A. y otros s/
incidente de recurso extraordinario”.
Y CONSIDERANDO:
Los señores jueces doctores C.A.M. y G.J.Y. dijeron:
-
El 26 de noviembre de 2020, esta S.I. resolvió,
en lo que aquí interesa, rechazar el recurso de casación interpuesto por la defensa oficial de N.E.M.P., M.J.A.A. y A.D.L.C., contra la sentencia del Tribunal Oral Federal Nº 2 de Mendoza, que rechazó las nulidades articuladas y condenó a L.C. a la pena de catorce (14) años de prisión como partícipe necesario del delito de secuestro extorsivo (art.
170, las agravantes de los incs. 5 y 6 del C.P), accesorias legales y costas (arts. 12, 29 inc. 3º y 45, del C.P. y 530 y 531 del C.P.P.N.) y a A.A. y M.P. a la pena Fecha de firma: 07/10/2021
Firmado por: A.W.S., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Firmado por: M.A.T.S., SECRETARIA DE CAMARA
Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1
Firmado por: G.J.Y., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
de siete (7) años y seis (6) meses de prisión, como partícipes secundarios del delito de secuestro extorsivo (art. 170 con las agravantes de los incs. 5 y 6 del C.P), accesorias legales y costas (arts. 12, 29 inc. 3º y 46, del C.P. y 530 y 531 del C.P.P.N) –cfr. causa n° FMZ 3515/2016/TO1/CFC4, A.A., M.J. s/ recurso de casación, reg. n°
1994/20-.
Contra esa decisión, la defensa oficial de A.A., M.P. y L.C. interpuso recurso extraordinario federal.
-
La impugnación no cumple, en el caso, con los recaudos requeridos para la interposición del recurso extraordinario establecidos en los arts. 14 y 15 de la ley Nº
48, particularmente en lo relativo a la concurrencia de una cuestión federal (cfr. arts. 3º -incs. d y e-, y 11º de la Acordada Nº 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación). Por lo demás, “la...
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