Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 17 de Febrero de 2021, expediente COM 097615/2001/3

Fecha de Resolución17 de Febrero de 2021
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL

S. B

97615/2001/3 - APARTIME SA s/ QUIEBRA s/ INCIDENTE DE

CONTINUACION DE CONTRATO DE LOCACION

Juzgado n° 20 - Secretaria n° 39

Buenos Aires, 17 de febrero de 2021.

Y VISTOS:

  1. Si bien esta S. ha aplicado de forma inveterada el fallo de la CSJN in re: “F.C. e hijos Agropecuaria c/ Buenos Aires, provincia de s/ daños y perjuicios” del 12.09.96, la resolución del mismo Tribunal en la causa “Establecimiento Las Marías S.A.C.I.F.A.

    C/ Misiones Provincia de s/ acción declarativa” del 04/09/2018, aconseja revisar aquel criterio y aplicar la doctrina que de él emana.

    Ello pues, aunque las sentencias del Superior Tribunal sólo tienen eficacia vinculante en el proceso en el que se dictan, y no importan privar a los magistrados de la facultad de juzgar con criterio propio y apartarse de ellas cuando existen motivos valederos para hacerlo, en el caso median razones de economía procesal que aconsejan seguir los lineamientos del pronunciamiento citado.

    En ese contexto corresponderá continuar evaluando las tareas realizadas en etapas concluidas o que hubieran tenido comienzo de ejecución bajo la vigencia de la ley 21.839 (modif. por ley 24.432)

    Fecha de firma: 17/02/2021

    conforme sus estipulaciones; y en los demás casos las previsiones de la Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA

    ley 27.423.

    Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA

    En tanto el supuesto de autos encuadra en la primera de las hipótesis señaladas supra, la regulación se realizará conforme las pautas de la ley 21.839.

  2. Por todo lo expuesto, y en atención a la índole y extensión de los trabajos realizados por la sindicatura -que dieron origen a la resolución dictada por esta S. el 23/09/2019-, se fijan en cinco mil pesos ($ 5.000) los honorarios de la síndico G.S.R. (art.

    14 de la ley 21.839).

  3. N. por Secretaría del Tribunal, conforme Ac.

    31/11 y 38/13 CSJN.

  4. ...

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