Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 8 de Octubre de 2018, expediente COM 034927/2012/3/CA016

Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala A

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial 34927/2012/3

LUXURY HOMES S.A. Y OTROS S/QUIEBRA S/INCIDENTE DE

ESCRITURACIÓN PROMOVIDO POR E.A.A. Y

OTROS

Buenos Aires, 08 de octubre de 2018.-

Y VISTOS:

Atento a que los trabajos objeto de remuneración fueron desarrollados bajo la vigencia de la Ley 21.839, se aprecia necesario puntualizar que, en lo atinente al perito actuante, sus estipendios habrán de fijarse conforme las leyes especiales vigentes que regulan sus tareas (conf. arts. 21 in fine, 59 y 60 in fine de la ley 27423).

Sentado ello, conforme lo normado por el art. 287 LCQ corresponde aplicar para este tipo de procesos lo preceptuado para los incidentes (art. 33 Ley 21.839, modificada por Ley 24.432).

Sobre tal base, en atención a los intereses comprometidos en la presente litis, el alcance del recurso interpuesto, y considerando la importancia y extensión de las labores desarrolladas, se confirman en cincuenta mil pesos los honorarios regulados a fs. 278 a favor de la perito calígrafa S.E.B.P. (arts. 29 y 30 de la Ley 20243).

A fin de cumplir con la publicidad prevista por el art. 1 de la ley 25.856, según el Punto I.3 del Protocolo anexado a la Acordada 24/13 CSJN y con el objeto de implementar esa medida evitando obstaculizar la normal circulación de la causa, hágase saber a las partes que la publicidad de la sentencia dada en autos se efectuará, mediante la pertinente notificación al CIJ, una vez transcurridos treinta Fecha de firma: 08/10/2018

Alta en sistema: 07/12/2018

Firmado por: A.A.K.F., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA

Firmado(ante mi) por: M.V.B., SECRETARIA DE CÁMARA

(30) días desde su dictado, plazo durante el cual razonablemente cabe presumir que las partes ya habrán sido notificadas. Devuélvase a primera instancia,

encomendándose al Sr. Juez a quo disponer las notificaciones del caso con copia de la presente resolución. Solo intervienen los firmantes por hallarse...

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