Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL, 29 de Septiembre de 2023, expediente FRO 017187/2023/3/CA003

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

Visto, en Acuerdo de la Sala “A”

integrada, el expediente nro FRO 17187/2023/3/CA3 caratulado : "Torres, J.R. s/ Incidente de excarcelación p/

Infracción Ley 23.737”, originario del Juzgado Federal Nº 4,

Secretaría N° 1 de esta ciudad, del que resulta:

El Dr. F.L.B. dijo:

Vinieron los autos al tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Dra. R.G., Defensora Pública Oficial N° 1 (fs. 17/18) y la Dra. A.S., representante del Ministerio Público Fiscal (fs. 13/16) contra la resolución del 27 de junio de 2023 (fs. 11/12), que concedió la excarcelación a J.R.T. bajo la caución real de doscientos cincuenta mil pesos ($250.000), posteriormente en fecha 05 de julio de 2023 a fs. 23 la defensa desistió del recurso interpuesto,

toda vez que la caución habría sido efectivizada en fecha 04

de julio de 2023. La mencionada foliatura es la que se desprende del cotejo del Sistema de Gestión de Expedientes Lex 100.

Concedido el recurso de apelación (fs.

19), los autos fueron elevados, se dispuso la intervención de esta Sala “A” integrada (fs. 26). El Fiscal General mantuvo el recurso interpuesto por quien lo precedió en la instancia (fs. 27). Designada audiencia para informar a fs.

27 la defensa presentó el memorial sustitutivo que obra agregado en el expediente digital que se puede visualizar a través del sistema de gestión judicial Lex 100 (fs. 50/51) y la fiscalía a fs. 44/49, quedando las actuaciones en estado de resolver (fs. 28).

Y considerando que:

Según se desprende de la consulta efectuada a través del sistema informático Lex 100, J.R.T. fue indagado el 14 de junio de 2023. En dicha Fecha de firma: 29/09/2023

Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: S.M.A.C., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: I.F.M., SECRETARIA DE JUZGADO

oportunidad, se le imputó “TRAFICAR CON ESTUPEFACIENTES,

CONCRETAMENTE, TENER CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN, JUNTO

CON VICTORIA M.B., MARÍA DEL CARMEN JEREZ,

R.A.F., MAURICIO ALEJANDRO CANTEROS Y

CRISTIAN ANDRÉS CENTURIÓN 491 ENVOLTORIOS CON MARIHUANA, CON

UN PESOS TOTAL APROXIMADO DE 500 GRAMOS, LOS QUE FUERAN

SECUESTRADO DEL INTERIOR DE LA MOCHILA QUE PORTABA JEREZ, Y

68 ENVOLTORIOS CON COCAÍNA, CON UN PESO TOTAL APROXIMADO DE

48 GRAMOS, LOS QUE FUERON SECUESTRADOS EN LA VIVIENDA

UBICADA A MITAD DE CUADRA DEL PASAJE INDEPENDENCIA AL 4200

DE ROSARIO, DONDE SE LE DIO ALCANCE A LA NOMBRADA”, sin que surja que se hubiera resuelto hasta el presente su situación procesal.

En virtud de las razones que se expusieron en el Acuerdo de esta Sala del 12 de mayo de 2017, que no integré pero comparto los fundamentos, en el expediente n° FRO 186/2017/1/CA1 “LUGO, R.H. s/

Excarcelación p/ Ley 23.737”, a cuyos fundamentos cabe remitir en mérito a la brevedad, corresponde disponer la suspensión del pase de los autos al acuerdo y requerir al titular del Juzgado de...

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