Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 3, 28 de Noviembre de 2017, expediente FSM 067231/2017/3/CA001

Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3 Causa N° 67231/2017/3/CA1 (8256).“Incidente Nº 3 -

IMPUTADO: BRIZI, R.J. s/INCIDENTE DE RECUSACION”.Juzgado Federal N°2 de San Isidro.Secretaria Nº4.

Registro de Cámara: 8202 M., 28 de noviembre de 2017.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Viene esta incidencia a conocimiento del Tribunal con motivo de la recusación planteada por el Dr. A.C.G., contra la Sra. jueza subrogante del Juzgado Federal N°2 de San Isidro, Dra. S.A.S..

La causal invocada por el recusante se motiva en que, a su entender, la conducción y desarrollo del expediente por parte de la instructora, y las resoluciones tomadas en relación a su pupilo dan cuenta de un fundado temor de manifiesta enemistad en su perjuicio (Cfr. Fs. 11/15 de estas actuaciones).

Ya tiene dicho la Sala, entre otras, que “la recusación es un arbitrio enderezado a resguardar la imparcialidad del juez, que es inherente al ejercicio de la función judicial (Conf. F.J.D.: “Código Procesal Penal de la Nación”, Abeledo-Perrot, Bs. As., 3ª. Edición, año 1997, pág. 107; con cita a Palacio, T.II, pág. 304), a lo que se agrega que ‘…tiene por objeto asegurar la recta administración de justicia y una conducta imparcial e independiente de los magistrados, obligados a actuar objetivamente y con neutralidad, y hacer insospechables sus decisiones’…”[R.L. (h), “Manual de Derecho Procesal”, D., 2ª. Ed., 1993, T.I, págs.. 296 y ssgtes.] (Cfr. Causa N°8904, Reg. 7894, de esta -1-

Fecha de firma: 28/11/2017 Alta en sistema: 29/11/2017 Firmado por: M.D.F., Firmado por: J.P.S. Firmado por: MARCOS MORÁN Firmado(ante mi) por: C.G.B., SECRETARIO DE CAMARA #30599026#193888305#20171128145245045 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3 Causa N° 67231/2017/3/CA1 (8256).“Incidente Nº 3 -

IMPUTADO: BRIZI, R.J. s/INCIDENTE DE RECUSACION”.Juzgado Federal N°2 de San Isidro.Secretaria Nº4.

Registro de Cámara: 8202 Sala, S.. Penal N°1). También se dijo que tal instituto “está

dirigido a proteger el derecho de defensa del particular, pero con un alcance tal que no perturbe el funcionamiento de la jurisdicción. En tales principios se basa la interpretación restrictiva de las causales de recusación, máxime si se advierte que se trata de un acto de singular gravedad, dado el respeto que se debe a la investidura de los magistrados y a la garantía del juez natural –Arts. 18 y 75, Inc. 22 de la Constitución Nacional, en función del...

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