Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA, 25 de Julio de 2019, expediente FRO 001904/2013/TO02/26

Fecha de Resolución25 de Julio de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA FE - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral Criminal Federal de Santa Fe FRO 1904/2013/TO2/26 (GF)

RESOLUCIÓN N° 201/19.

Santa Fe, 25 de julio de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Estos caratulados “SUSPENSIÓN DEL JUICIO A PRUEBA solicitada por C.F.P. en autos ROSSINI, MARIO JOSE ENRIQUE y OTROS S/ DEFRAUDACION POR ADMINISTRACION FRAUDULENTA”, Expte. N° FRO 1904/2013/TO2/26; que se tramitan por ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe; de los que, RESULTA:

  1. Que la imputada C.F.P., por su propio derecho y con patrocinio letrado del Dr.

    A.E.B., solicita la suspensión del juicio a prueba, de conformidad con lo previsto por el art. 76 bis ss. y cc. del C.P.. Expresa que el planteo es oportuno y que es necesario –por razones de política criminal y procesal- suspender provisoriamente el proceso a fin de evitar dispendios jurisdiccionales; estando habilitada la posibilidad para este tipo de delitos en virtud del fallo “A.” de la CSJN. Que carece de Fecha de firma: 25/07/2019 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: G.F., S. #32524222#240165886#20190725081308567 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral Criminal Federal de Santa Fe FRO 1904/2013/TO2/26 (GF)

    antecedentes penales y se dan los requisitos objetivos previstos por la norma legal.

    A modo de reparación del daño ofrece donar en forma mensual una provista de comidas y un bolsón de pañales a la Casa Cuna de esta ciudad, durante el plazo de 6 meses a 1 año; así como la realización de tareas comunitarias en beneficio de la misma institución y por el mismo lapso, consistentes en asesoramiento administrativo y contable, así como la donación de una computadora completa, una impresora y algún programa básico para llevar adelante la contabilidad.

    Menciona finalmente que el perjuicio que sufrieran los damnificados es imposible de satisfacer, solicitando finalmente que el tribunal fije las reglas de conducta que deba cumplir la encausada.

  2. Corrida vista al Ministerio Público Fiscal, el Dr. M.S.F. solicita se disponga la realización de diligencias probatorias a fin de contar con la información necesaria para dictaminar, por lo que agregaron informes del Registro Nacional de Reincidencia (fs. 16/17), Casa Cuna (fs. 21), Dirección Nacional de Migraciones (fs. 35/37), Dirección Nacional de Registros Fecha de firma: 25/07/2019 Firmado por: J.M.E.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.H.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: G.F., S. #32524222#240165886#20190725081308567 Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral Criminal Federal de Santa Fe FRO 1904/2013/TO2/26 (GF)

    de la Propiedad Automotor (fs. 39/42), AFIP (46/85), Banco Central de República Argentina (fs. 46/47) y Policía de Investigaciones de la provincia de Santa Fe (fs. 93/108).

  3. En oportunidad de realizarse la audiencia prevista en el art. 293 del CPPN, la encausada ratifica su propuesta originaria y la mejora ofreciendo un...

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