Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PENAL, 11 de Junio de 2019, expediente FMP 021675/2014/227/CA098

Fecha de Resolución11 de Junio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA Expte. nro. 21675/2014. Inc. Nº 227 - IMP: R., O.N. Y OTROS s/INCIDENTE DE AUTORIZACION DE SALIDA del Plata, 11 de junio de 2019.-

AUTOS Y VISTOS:

Los autos caratulados “Incidente de autorización de salida…”, para decidir en virtud del recurso de apelación interpuesto por los Dres. N.D. y A.D. y V. a fs.

11/13, contra la decisión que prohibió la salida del país de O.R.R., M.B.C., M.F., R. O. S.y A.

B.; y CONSIDERANDO:

El DR. E.P.J. dijo:

  1. ) Que arribadas las actuaciones a esta Alzada y cumplido con lo previsto por el art. 454 del C.P.P.N, a fs. que anteceden pasan estos autos a resolver.

  2. ) La petición de la defensa cuya denegación impulsó la actividad recursiva, tenía como norte obtener la autorización de salida del país de los imputados mencionados en el párrafo anterior, a los fines de comparecer a aclarar su situación por ante la justicia de otro país.

Cabe recordar al respecto que con fecha 2.. de f… del corriente año se recibió en el Juzgado Federal Nº 1 de esta ciudad, Secretaría Penal Nº 4, un exhorto proveniente del Principado de A…. (Nº CFP 13../20..) en el que se encomendaba la localización de varias personas –a la postre imputados en los autos 21…/20… de trámite por ante ese mismo juzgado- para que se les recibiera declaración indagatoria mediante videoconferencia por el delito de blanqueo de capitales, en relación a la suma de 7..2...4…,8.. EUR que podrían tener origen delictivo ingresados en la b. p. de A..

Los convocados identificados en el introito del presente voto ofrecieron concurrir personalmente a brindar sus explicaciones ante la jueza exhortante, a lo que accedió la magistrada, aunque del expediente del exhorto que se tiene a la vista, no surge que se hubiera dejado sin efecto la rogatoria en relación a tales personas.

En este sentido, cabe destacar que si bien la defensa expone como motivo de agravio que “…nuestros defendidos solo quieren ir a A. a defenderse personalmente…” (SIC, fs. 11/13), lo Fecha de firma: 11/06/2019 Alta en sistema: 12/06/2019 Firmado por: B.D.B., JUEZ FEDERAL Firmado por: E.P.J., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.O.J., SECRETARIO DE CAMARA #33638505#236655197#20190611125612862 cierto es que esas mismas defensas podrán ser canalizadas a través de los medios informáticos que se instauren al momento de realizar la videoconferencia, siendo que en esa ocasión las partes tendrán contacto directo con quien ejercerse la judicatura en...

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