Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 22 de Julio de 2020, expediente FLP 081137/2018/TO01/22/CFC005
Fecha de Resolución | 22 de Julio de 2020 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1 |
CFCP - SALA I
FLP 81137/2018/TO1/22/CFC5
M., H.O. s/recurso de casación
Cámara Federal de Casación Penal Registro Nro. 881/20
Buenos Aires, 22 de julio de 2020.
AUTOS Y VISTOS:
La S. I de la Cámara Federal de Casación Penal bajo la presidencia de la señora jueza doctora A.M.F., e integrada por los señores jueces doctores ̃
D.A.P. y D.G.B. como vocales,
reunidos de manera remota y virtual de conformidad con lo establecido en los Decretos 260/20, 297/20, 325/20, 355/20,
408/20, 459/20, 493/20, 520/20, 576/20 y 605/20 del Poder Ejecutivo Nacional –en adelante PEN-; Acordadas 4/20, 6/20,
8/20, 10/20, 12/20, 13/20, 14/20, 16/20, 18/20, 25/20 y 27/20
de la Corte Suprema de Justicia de la Nación –en adelante CSJN-, y Acordadas 3/20, 4/20, 5/20, 6/20, 7/20, 8/20, 9/20,
10/20, 11/20, 12/20, 13/20 y 14/20 de la Cámara Federal de Casación Penal -en adelante CFCP-, para decidir acerca de la admisibilidad del recurso de casación interpuesto en el presente legajo FLP 81137/2018/TO1/22/CFC5 del registro de esta S. I, caratulado: “M., H.O. s/ recurso de casación”.
Y CONSIDERANDO:
-
Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 2 de La Plata, en fecha 26 de junio del 2020, resolvió:
I) PRORROGAR LA PRISIÓN PREVENTIVA de H.O.M.,
por el término de seis (6) meses a partir del próximo 27 de junio. (arts. 1 de la ley 24.390, modificada por la ley 25.430 y art. 210 del CPPF). II) NO HACER LUGAR al CESE DE
PRISION PREVENTIVA DE H.O.M. en el presente legajo (art. 319 del Código Procesal Penal de la Nación y art. 210, 220 221 inc. b) del Código Procesal Penal Federal).
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Fecha de firma: 22/07/2020
Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL 1
Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
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Que, contra esa decisión, la señora defensora pública oficial, doctora A.M.G., interpuso el recurso de casación en estudio, el que fue concedido por el tribunal a quo el 14 de julio próximo pasado.
En esa misma oportunidad, solicitó se habiliten días y horas para la tramitación de la vía recursiva en virtud de encontrarse en juego el derecho a la libertad ambulatoria de su defendido, e hizo reserva del caso federal.
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Que, si bien las resoluciones que involucran cuestiones como la aquí planteada resultan equiparables a sentencia definitiva, ya que pueden ocasionar un perjuicio de imposible reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela judicial inmediata (Fallos:
310:1835; 310:2245; 311:358; 314:791; 316:1934, 328:1108 y 329:679, entre otros), para posibilitar el ejercicio de la jurisdicción revisora de esta Alzada, debe encontrarse debidamente fundada una cuestión federal.
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Que en el sub judice, la defensa oficial no ha logrado demostrar la existencia de un agravio federal debidamente fundado, toda vez que se ha limitado a invocar la inobservancia de leyes sustantivas, así como defectos de fundamentación en la resolución impugnada, a partir de una discrepancia sobre la interpretación de las circunstancias concretas del caso que el a quo consideró relevantes para prorrogar la prisión preventiva de H.O.M. por el término de seis meses, y rechazar el cese de prisión preventiva.
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Que, al respecto, es menester destacar que el tribunal recordó que “[e]l 13 de julio de 2018 el Sr.
Juez Federal, Dr. L.A.A., a cargo del Juzgado Federal de Quilmes, convirtió la detención que venía sufriendo H.F. de firma: 22/07/2020
Orlando M. desde 27 de junio del Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
CFCP - SALA I
FLP 81137/2018/TO1/22/CFC5
M., H.O. s/recurso de casación
Cámara Federal de Casación Penal mencionado año, en prisión preventiva, disponiendo su procesamiento por considerarlo prima facie autor penalmente responsable [de los] delitos de almacenamiento de sustancia estupefaciente con fines de comercialización, agravado por haber...
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