Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 27 de Marzo de 2018, expediente FSM 024005417/2011/TO01/21/CFC002

Fecha de Resolución27 de Marzo de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FSM 24005417/2011/TO1/21/CFC2 REG. Nº 226 /18.4 Buenos Aires, 27 de marzo de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

Para decidir acerca de la admisibilidad del recurso de casación interpuesto a fs. 29/49 vta. por A.N.A., asistiendo a J.C.M., en la presente causa FSM 24005417/2011/TO1/21/CFC2.

  1. Que con fecha 29/12/2017, el Tribunal Oral Federal 2 de San Martin resolvió no hacer lugar a la excarcelación del imputado (fs. 24/28).

  2. Que contra dicha decisión, la defensa interpuso el recurso de casación en estudio, el que fue concedido a fs. 50/51.

    Y CONSIDERANDO:

    Los señores jueces doctor M.H.B. y J.C.G. dijeron:

    Que en el sub judice la defensa no ha logrado demostrar la existencia de un agravio federal debidamente fundado que habilite la jurisdicción de esta Cámara Federal de Casación Penal conforme la doctrina sentada en los precedentes “Di Nunzio”, “D.S.” y “P.” (Fallos 328:1108; 328:4551; 333:677, respectivamente), sino que se ha limitado a cuestionar una fundamentación que no se comparte sin efectuar una crítica concreta y razonada de los argumentos dados por el Tribunal a quo en el pronunciamiento en el que se rechazó la excarcelación solicitada por J.C.M..

    Al respecto, cabe recordar que los sentenciantes tuvieron en cuenta, a efectos de mantener Fecha de firma: 27/03/2018 Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: H.B., SECRETARIO DE CAMARA #31131537#201998096#20180327125020962 el encierro preventivo que pesa sobre el nombrado (quien se encuentra detenido desde el 14/11/2017, habiéndosele imputado el delito de lavado de activos de origen ilícito agravado por habitualidad, tipificado en el art. 303 inc. 2, acápite A) que se encuentra procesado con prisión preventiva en el marco de la causa principal con fecha 13 de abril de 2016, como también que “…el causante no se puso a derecho, situación ésta que se extendió desde el dictado de su orden de detención el 14 de abril de 2016 (con posterior declaración de rebeldía el 14 de febrero de 2017) hasta el 14 de noviembre del 2017, luego de la realización de sendas tareas de investigación para dar con su paradero […] cuando fue finalmente habido en la provincia de Santa Fe”. Asimismo ponderaron “…la gravedad de la hipótesis delictiva atribuida a J.C.M., la complejidad de la maniobra desplegada, la cantidad de personas que...

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