Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 25 de Noviembre de 2020, expediente CFP 005452/2020/2/CFC001

Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I

CFP 5452/2020/2/CFC1

P., F. s/recurso de casación

.

Registro Nro. 1641/20

Buenos Aires, 25 de noviembre de 2020.

AUTOS Y VISTOS:

La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal bajo la Presidencia de la señora jueza, doctora A.M.F., e integrada por el señor juez doctor D.A.P. como V., reunidos de manera remota y virtual de conformidad con lo establecido en los decretos 260/20, 297/20,

325/20, 355/20, 408/20, 459/20, 493/20, 520/20, 576/20,

605/20, 641/20, 677/20, 714/20 754/20, 792/20, 814/20 y 874/20

del Poder Ejecutivo Nacional –en adelante PEN-, Acordadas 4/20, 6/20, 8/20, 10/20, 12/20, 13/20, 14/20, 16/20, 18/20,

25/20, 27/20 y 31/20 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación –en adelante CSJN-, y Acordadas 3/20, 4/20, 5/20, 6/20,

7/20, 8/20, 9/20, 10/20, 11/20, 12/20, 13/20, 14/20 y 15/20 de la Cámara Federal de Casación Penal –en adelante CFCP-, para decidir acerca de la admisibilidad del recurso de casación interpuesto en el presente legajo CFP 5452/2020/2/CFC1 del registro de esta Sala I, caratulado “P., F. s/recurso de casación”.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que en fecha 6 de agosto de 2020 la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, integrada por los señores jueces M.I. y L.B., resolvió: “(C)ONFIRMAR la decisión cuestionada en todo cuanto decide y fue materia de recurso”,

    dictada por la jueza de grado en cuanto no hizo lugar al pedido de excarcelación solicitado respecto de F.P.,

    bajo ningún tipo de caución (el destacado pertenece al original).

    Contra esa decisión, la asistencia técnica del nombrado interpuso recurso de casación, el que fue concedido por la cámara de mérito en fecha 13 de agosto del corriente.

    Fecha de firma: 25/11/2020

    Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I

    CFP 5452/2020/2/CFC1

    P., F. s/recurso de casación

    .

  2. En primer lugar, la defensa encauzó su presentación conforme a los arts. 456, 463 y ssgtes. del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN) y señaló que la resolución impugnada le ocasionaba un agravio de imposible reparación ulterior.

    Por otro lado, alegó arbitrariedad y falta de fundamentación e indicó que la decisión recurrida vulneraba el derecho del imputado a permanecer en libertad durante el proceso, el estado de inocencia, el derecho de defensa y el debido proceso.

    Ese sentido, refirió que la cámara de mérito no había analizado la totalidad de los agravios propuestos por la parte que resultaban conducentes para la decisión del caso,

    cuestión que permitía sortear el límite objetivo previsto por el art. 457 del CPPN.

    En lo medular, señaló que en el caso no se habían analizado adecuadamente los riesgos procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación, como tampoco se habían observado...

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