Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B, 23 de Octubre de 2019, expediente CPE 000381/2016/2/CA001

Fecha de Resolución23 de Octubre de 2019
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B

Poder Judicial de la Nación INCIDENTE DE REGULACIÓN DE HONORARIOS DE LA PERITO TRADUCTORA DE IDIOMA INGLÉS M.B.S. EN LA CAUSA N° CPE 381/2016, CARATULADA: “ACTUACIONES POR SEPARADO EN LA CAUSA IMPREBOL S.A.

Y OTROS S/INF. LEY 22.415” J.N.P.E. N° 3. SECRETARÍA N° 5 EXPEDIENTE N° CPE 381/2016/2/CA1. ORDEN N°

29.511 SALA “B”.

Buenos Aires, de octubre de 2019.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto en subsidio del de reposición, al que no se hizo lugar en la instancia previa, por la perito traductora de idioma inglés M.B.S. a fs. 22/22 vta. del presente incidente contra la resolución de fs.

17/18 vta. del mismo legajo, por la cual se regularon los honorarios profesionales de la nombrada “…en la suma de nueve mil pesos ($°9.000), equivalentes a cuatro con treinta y cuatro UMA…”, por considerarlos bajos.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, si bien no se soslaya que la ley 20.305, que regula el ejercicio de la profesión de los traductores públicos, posee un capítulo vinculado con el arancel de honorarios por la labor judicial, si se tiene en cuenta que la labor realizada por la recurrente fue producida con posterioridad a la sanción de la ley 27.423 de honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia (B.O. 22/12/2017) y lo dispuesto por el art. 269 del C.P.P.N., corresponde aplicar al caso aquella ley posterior (confr., en sentido similar, CPE 1150/2014/1/CA1, res. del 11/02/19, Reg. Interno N°.18/19 y CPE 1652/2014/81/2/CA114, res. del 11/4/19, Reg. Interno N°.221/19, de esta Sala “B”).

  2. ) Que, por el artículo 16 de la ley 27.423 se establecen las pautas cualitativas y cuantitativas que deben tenerse en cuenta para fijar el monto de los honorarios profesionales de los abogados, procuradores y auxiliares de la justicia por la actividad ante los tribunales nacionales o federales. Aquellas pautas se vinculan, en lo que respecta a las causas penales, con el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada; la complejidad y novedad de la cuestión planteada; la responsabilidad que de las particularidades del caso Fecha de firma: 23/10/2019 Alta en sistema: 24/10/2019 Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.C.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.M.C., PROSECRETARIA DE CAMARA #33340502#247467551#20191023112948893 pudiera derivarse para el profesional; el resultado obtenido; la probable trascendencia de la resolución a que se llegare, para futuros...

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