Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA PENAL, 14 de Septiembre de 2023, expediente FCT 002144/2023/2/CA002
Fecha de Resolución | 14 de Septiembre de 2023 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA PENAL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES
FCT 2144/2023/2/CA2
Corrientes, catorce de septiembre del dos mil veintitrés.
Vistos: los autos caratulados “Incidente de prisión domiciliaria en
autos: Correa, A.A. p/ infracción ley 23.737” Expte. N° FCT
2144/2023/2/CA2 del Registro de este Tribunal, provenientes del Juzgado
Federal N° 1 de Corrientes;
Y considerando:
-
Que ingresan estos obrados a la Alzada, en virtud del recurso de
apelación interpuesto por la defensa particular del imputado Andrés Agustín
Correa contra la resolución N° 1008 de fecha 14 de agosto del 2023, mediante
la cual el juez a quo resolvió no hacer lugar al pedido de excarcelación con
prisión domiciliaria en subsidio efectuado en favor del nombrado.
-
La recurrente se agravió al fundar el a quo su denegatoria en la
supuesta existencia de riesgos procesales, sin mencionar siquiera una prueba
que así lo acredite. Sobre ello, dijo que no existe en el caso peligro de fuga o
de entorpecimiento de la investigación por parte de Correa, señalando sus
condiciones personales, entre las que resaltó además del arraigo y la ausencia
de antecedentes penales que el nombrado es padre de una niña de dos años
que depende de él y lo necesita. Hizo reserva de la cuestión federal.
-
Contestada la vista conferida, el Fiscal General subrogante ante
esta Alzada, manifestó su no adhesión al recurso interpuesto, basado en la
existencia de riesgos procesales y en que a su criterio la situación de Correa
no encuadra en ninguno de los supuestos previstos en el art. 10 del CP y 32 de
la ley 24.660.
En igual oportunidad, la defensora de menores manifestó que no se
opone al otorgamiento de la medida requerida, estimando que el centro de vida
de la hija de Correa ha sido el hogar de sus abuelos paternos, donde ha
convivido con su padre. Asimismo, solicitó se dé intervención al juzgado de
fuero de familia, niñez y adolescencia que por turno corresponda.
Fecha de firma: 14/09/2023
Firmado por: R.L.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: SELVA A.S., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.G.S., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: N.A.M., SECRETARIA DE CAMARA
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Estando las actuaciones en estado de señalarse día para la
realización de la audiencia oral (art. 454 CPPN), el nuevo abogado defensor
del imputado presentó desistimiento del recurso de apelación, con la debida
conformidad del imputado, razón por la cual se dispuso el tratamiento escrito
de las presentes actuaciones y, en consecuencia, se pasaron las actuaciones al
Acuerdo.
En consecuencia, atento a lo peticionado por la defensa técnica, siendo
oportuna su presentación, cumplimentados los...
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