Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL, 31 de Agosto de 2023, expediente FLP 001661/2023/2/CA004

Fecha de Resolución31 de Agosto de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III

FLP 1661/2023/2/CA4

La Plata, 31 de agosto de 2023.

VISTO: este expediente FLP 1661/2023/2/CA4,

caratulado: “O., D.A. s/ Incidente de prisión domiciliaria” en trámite por ante el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nro.

2 de Lomas de Zamora;

Y CONSIDERANDO QUE:

I.A. momento de llevarse a cabo la audiencia de declaración indagatoria, el defensor de D.A.O. solicitó su excarcelación o su detención domiciliaria.

  1. Formada esta incidencia, el fiscal se opuso a la concesión de las medidas y el juez no hizo lugar a lo peticionado.

  2. Esa decisión fue recurrida por el defensor coadyuvante.

    Sin embargo, conforme surge del sistema Lex-

    100 de gestión de expedientes, con fecha 20 de julio pasado, el juez dio por finalizado el plazo previsto por el artículo 349 del Código Procesal Penal sin que la defensa formulara oposición alguna a la elevación a juicio de la instrucción requerida por el Ministerio Público Fiscal.

    Como consecuencia de ello, clausuró la etapa instructoria y dispuso la elevación a juicio con relación a D.A.O., además de ponerlo a disposición exclusiva del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 2 de La Plata.

  3. Frente a esta circunstancia, este Tribunal carece en la actualidad de aptitud procesal para expedirse sobre la cuestión ventilada en este incidente, debiendo, aquella parte que lo considere conveniente, reeditar el planteo ante la Fecha de firma: 31/08/2023

    Alta en sistema: 01/09/2023

    Firmado por: C.A.V., JUEZ

    Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.A.M., SECRETARIA FEDERAL

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III

    FLP 1661/2023/2/CA4

    magistratura que actualmente se encuentra a cargo del proceso, lo que así se resuelve.

    Regístrese. N.. D..

    C.A.V.R.A.L. ARIAS

    JUEZ JUEZ

    Ante mí:

    M.A.M.

    SECRETARIA FEDERAL

    Se deja constancia de que la presente resolución se dicta conforme a lo previsto por el artículo 31

    bis, último párrafo, in fine del CPPN (art. 109,

    RJN).

    M.A.M.

    SECRETARIA FEDERAL

    Fecha de firma: 31/08/2023

    Alta en sistema: 01/09/2023

    Firmado por: C.A.V., JUEZ

    Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.A.M., SECRETARIA FEDERAL

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