Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA PENAL, 22 de Abril de 2022, expediente FRO 043684/2019/2/CA001

Fecha de Resolución22 de Abril de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA PENAL

1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO – SALA B

P./Int.

Visto, conforme a las reglas del trámite unipersonal de expedientes, los autos n° FRO 43684/2019/2/CA1 de entrada, caratulado “Incidente de incompetencia en autos ROMERO, P.A. por infracción ley 22.415” (del Juzgado Federal de Rafaela – Secretaría Penal), del que resulta que:

Vienen los autos a conocimiento de la Alzada en virtud del conflicto negativo de competencia suscitado entre los titulares del Juzgado Federal de R. y del Juzgado Federal de Garantías de Tartagal (Pcia. de Salta).

La Dra. V. dijo:

La presente contienda tiene su origen en la Resolución del USO OFICIAL

22/09/2021 mediante la cual el Titular del Juzgado Federal de R. declaró

la incompetencia territorial para seguir entendiendo en la presente causa en relación a la investigación del hecho denunciado y dispuso remitir las actuaciones al Juzgado Federal de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán (cfme. arts. 18 y 118 de la C.N. y arts. 1, 18 y 37 del C.P.P.N.).

Ingresados los autos en el Juzgado Federal de Tartagal, su titular rechazó la competencia atribuida y devolvió las actuaciones.

Recibido nuevamente el expediente por el Juzgado Federal de R., mediante Resolución del 11/02/2022 se mantuvo el criterio adoptado y en consecuencia se trabó la contienda negativa de competencia elevándose la incidencia a esta alzada.

Se dispuso la intervención de la Sala “B” y se corrió vista al Fiscal General. Contestada, quedó la causa en condiciones de ser resuelta.

Y considerando que:

  1. - Los presentes se iniciaron el 13/11/2019, a raíz de un control realizado por personal de la Gendarmería Nacional Argentina a la altura Fecha de firma: 22/04/2022

    Alta en sistema: 25/04/2022

    Firmado por: E.I.V., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: M.V.V., SECRETARIA DE CAMARA

    2

    del Km. 260 de la Ruta Nacional Nº 34 (acceso a la ciudad de Sunchales, P..

    de Santa Fe), sobre el camión marca M.B. dominio OPF-951, con semirremolque dominio GBZ-907, conducido por P.A.R. y a bordo del cual también se trasladaba G.A.E..

    El diligenciamiento de tal medida arrojó como resultado el hallazgo de 76.320 pares de medias de origen extranjero sin el correspondiente aval aduanero. Con motivo de ello, se encausó a los nombrados por presunta infracción al art. 874, apartado 1, inc. “d” de la Ley 22.415, y se procedió al secuestro -entre otros efectos- de la mercadería.

    En cuanto al aforo, la AFIP-ADUANA dio cuenta que los pares de medias...

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