Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 3 de Julio de 2019, expediente FTU 040313/2018/2/CA002

Fecha de Resolución 3 de Julio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN - SECRETARIA PENAL

40313/2018 Incidente Nº 2 - IMPUTADO: KALENOK , H.A. Y OTROS Y OTRO s/INCIDENTE DE NULIDAD Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN San Miguel de Tucumán, de 2019.

AUTOS Y VISTO: Para resolver el recurso de apelación interpuesto contra la resolución de fecha 01 de noviembre de 2018; y CONSIDERANDO:

  1. Que el Defensor Oficial deduce recurso de apelación contra la resolución de fecha 01 de noviembre de 2018 (fs. 06/08) que en su parte pertinente ordena rechazar el planteo de nulidad intentado por la defensa de los Sres. H.A.K. y M.E.S. y no hacer lugar al pedido de falta de mérito o al sobreseimiento solicitado por la defensa técnica oficial a favor de los nombrados.

  2. Que en esta instancia, en oportunidad de la audiencia fijada los fines del art. 453, segundo párrafo del CPPN, el F. General ante la Cámara, manifiesta la no adhesión al presente recurso En tanto que, a los fines del art. 454 del CPPN, la Defensa Oficial de los imputados presenta memorial de agravios a fs. 34/36.

    La defensa propugna la declaración de nulidad del acta de procedimiento en base a que en ella se encuentran expresados dichos por los imputados en la causa de marras, que luego serán negadas en sus respectivas declaraciones indagatorias.

    Fecha de firma: 03/07/2019 Alta en sistema: 25/07/2019 Firmado por: 1- R.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: 2- MARINA COSSIO, JUEZA DE CAMARA Firmado por: 3- J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA Firmado por: 4- HERNÁN EDUARDO FRÍAS SILVA, CONJUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.F.D., SECRETARIA DE CAMARA #32711978#238415793#20190628121423735 40313/2018 Incidente Nº 2 - IMPUTADO: KALENOK , H.A. Y OTROS Y OTRO s/INCIDENTE DE NULIDAD Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

  3. Que entrando al estudio a la causa de marras y analizada la misma; y compartiendo los argumentos expuesto por el juez a quo, este Tribunal entiende que corresponde confirmar la resolución apelada.

    Que al respecto del presente recurso, corresponde realizar un recuento de los hechos acaecidos en autos.

    La presente causa inicia al interceptar el día 25/09/18 en Ruta Provincial N° 21° Km1, ante el requerimiento de “cierre de ruta” por fuga un control de operativo de narcotráfico de un vehículo en automotor marca Toyota modelo Corola con dominio EHP-954, conforme surge del acta de procedimiento policial obrante a fs. 28.

    Que apersonado los numerarios de la Dirección Gral.

    De Drogas Peligrosas en el control caminero N°8 a raíz de la comunicación telefónica...

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