Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES, 22 de Octubre de 2018, expediente FCT 007452/2018/2/CA001

Fecha de Resolución22 de Octubre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORRIENTES

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES FCT 7452/2018/2/CA1 Corrientes, veintitrés de octubre de dos mil dieciocho.

Y Visto: las actuaciones legajo de apelación en autos “Incidente de

Excarcelación en autos: S., L.M.P.ón ley 23.737”, E..

Nº FCT 7452/2018/2/CA1 del registro de este Tribunal, provenientes del

Juzgado Federal de Paso de los Libres.

Considerando:

Que ingresa este el presente incidente a la alzada en virtud del recurso

de apelación interpuesto a fs. 10/15 y vta. por la defensa del imputado Lucas

Martin S. contra la Resolución de fecha 03 de julio de 2018 de fs. 08/09 y

vta. por medio de la cual la jueza de anterior grado denegó el pedido de

excarcelación deducido a favor del nombrado.

La defensa alega que la magistrada a quo habría rechazado la

excarcelación de su asistido, por no contar con una crítica razonable de los

fundamentos interpuesto por la defensa, tornándose así un acto arbitrario.

Advierte que el resolutorio es fragmentario con elocuentes vicios de

consideración y que los elementos introducidos para el rechazo no resultan

una derivación motivada de las pruebas aportadas y hechos concretos en la

presente causa por lo que solicita se declare su invalidez, revocando la misma.

Afirma que la resolución no expresa que pautas objetivas se encuentran en la

causa para tornar endeble el arraigo familiar, territorial y laboral que su

asistido describió en la declaración indagatoria. Entiende que solo se basa en

fundamento de la pena en abstracto para rechazar la excarcelación, resultado

ello un argumento que cae por su propio peso y no encuentra andamiaje en la

jurisprudencia actual. Agrega que su asistido posee domicilio real, un oficio y

grupo familiar. Que no existen peligros de fuga o entorpecimiento de la

investigación que se encuentran apoyados en las pruebas concretas que obran

en la presente causa. Otro motivo de agravio es el que refiere al corte y pego

usado en la confección de escritos judiciales, en la resolución dice: “… ante el

pronóstico de la pena en expectativa ya que la causa principal se encuentra

Fecha de firma: 23/10/2018 Alta en sistema: 24/10/2018 Firmado por: R.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.G.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.O.G. DE TERRILE, SECRETARIA DE CAMARA #32155108#219578542#20181022194624877 próximo a su elevación a juicio y el delito por el que fuera procesada, esto es

transporte de estupefacientes, prevé un apena de cumplimiento efectivo”. Así

la causa tiene iniciado un procesamiento nulo conforme al planteo de nulidad

del procesamiento efectuado por la defensa en fecha 27/06/2018, es decir no

se halla próxima a elevarse...

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