Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 25 de Agosto de 2016, expediente FPO 005065/2014/TO01/1/2

Fecha de Resolución25 de Agosto de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 5065/2014/TO1/1/2 Posadas, 25 de agosto de 2016.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el presente Incidente de Ejecución Nº FPO 5065/2014/TO1/1/2 caratulado "REJALA, L.J. s/ INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS” (en Expte. P.. Nº

FPO 5065/2014/TO1/1/2 caratulado “REJALA, L.J. s/

Ejecución de Sentencia”), la procedencia de las salidas transitorias solicitadas por el encartado L.J.R.; Y CONSIDERANDO:

Que, el 26 de mayo del 2015, el Excmo. Tribunal Oral en lo Criminal Federal de esta ciudad, dictó sentencia de conformidad a las normas del Juicio Abreviado en la causa Nº FPO 5065/2014/TO1 caratulada “REJALA, L.J.S./ INFRACCIÓN LEY 23.737 (ART.

5, INC. C)”, condenando a L.J.R., de nacionalidad argentina, titular del D.N.

  1. Nº 37.584.070, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN, más la multa mínima, accesorias legales y costas como AUTOR penalmente responsable DEL DELITO DE TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES, (art. 5 Inc. “c” de la ley 23.737, 45, 12, 21, y 29 inc.

  1. del Código Penal).

    Que, por cuerda al Legajo de Ejecución Penal, corre el Incidente nº FPO 5065/2014/TO1/1/1, en el que el causante con fecha 23 de mayo de 2016, fue beneficiado con la aplicación del art. 140 de la Ley 24.660, por lo que REJALA, obtuvo la reducción de los plazos previstos en dicha modificatoria en TRES (3) MESES, requeridos para el avance a través de las distintas fases y períodos de la progresividad del sistema penitenciario de conformidad con las previsiones de la Ley 26.695 -Estimulo Educativo-, que modifica el Capítulo VIII arts. 133 al 142 de la Ley 24.660.-

    Encontrándose alojado en la Colonia Penal de Candelaria (U-17), cumpliendo la pena señalada, presentó escrito en el cual peticiona su incorporación al RÉGIMEN DE SALIDAS TRANSITORIAS ORDINARIAS DEL PERÍODO DE PRUEBA DE LA PROGRESIVIDAD DE LA PENA, a lo que la Dirección de la U.17 del S.P.F. de Candelaria, adjuntó los informes correspondientes y ésta M. solicitó informes actualizados al Registro Nacional de Reincidencia, a fin de resolver la presente incidencia.

    De las documentales remitidas por la Unidad 17 del S.P.F. surge que el domicilio propuesto para el goce de dicho beneficio se sitúa en el domicilio del grupo familiar de origen, sito en Colonia Oasis (frente a la Fecha de firma: 25/08/2016 Firmado por: MARIO HACHIRO DOI, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.F., SECRETARIO DE JUZGADO #28741462#160399389#20160825113713457 cancha sol de oro) de la localidad de Jardín América, provincia de Misiones, lugar en donde reside padre J.L.R., tutor propuesto y aprobado por el área social respectiva.

    Se destaca también su desenvolvimiento durante la privación de libertad, no presentando problemas de convivencia y tiene un buen desenvolvimiento entre la población penal, por lo que es merecedor de un buen concepto. Su tránsito por las diferentes etapas de la...

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