Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 19 de Octubre de 2016, expediente FBB 012000018/2011/TO01/19/CFC004

Fecha de Resolución19 de Octubre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Cámara Federal de Casación Penal - Sala I – FBB 12000018/2011/TO1/19/CFC4 Cámara Federal de Casación Penal Incidente Nº 19 - IMPUTADO: SURIS, J.I. s/INCIDENTE DE EXCARCELACION REGISTRO Nº 1926/16.1 Buenos Aires, 19 de octubre de 2016.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver acerca de la admisibilidad del recurso de casación deducido por el Defensor Público Oficial a fs. 63/97.

Y CONSIDERANDO:

Que con fecha 8 de septiembre de 2016 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca resolvió

desestimar el pedido de excarcelación formulado por la Defensa Oficial de J.I.S., como así también denegar el arresto domiciliario solicitado subsidiariamente.

Por otra parte, en esa misma resolución se decidió disponer la prórroga de la prisión preventiva dictada el 25 de marzo de 2014 y prorrogada el 22 de marzo de 2016 respecto de J.I.S., por seis meses más a partir del 25 de septiembre de 2016.

Contra esa resolución, interpuso recurso de casación el Defensor Público Oficial a fojas 63/97, el que fue concedido por el a quo a fs. 99/100.

La señora jueza doctora A.M.F. dijo:

  1. ) Que la decisión mediante la cual se desestimó

    el pedido de excarcelación respecto de J.I.S. y asimismo denegó la detención domiciliaria, restringe la libertad del imputado con anterioridad al fallo final de la causa y ocasiona un perjuicio que podría resultar -prima facie- de imposible reparación ulterior, resulta equiparable a una sentencia definitiva en los términos previstos en el artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación.

    Fecha de firma: 19/10/2016 1 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL Firmado por: G.M.H. Firmado por: A.M.F. Firmado(ante mi) por: M.A.M., SECRETARIA DE CAMARA #28825491#164725296#20161019134229216 Sin embargo, dicho extremo es insuficiente para habilitar la jurisdicción de esta Alzada en su carácter de tribunal intermedio, conforme la doctrina sentada en Fallos: 328:1108; 328:4551; 333:377, en razón de que además debe encontrarse debidamente fundada una cuestión federal, pues la actividad impugnativa tiene un límite y ante esta instancia, aquel límite, en casos como el ventilado en autos, sólo puede ser superado por la debida fundamentación de un agravio de carácter federal.

    En el caso a estudio, la situación de J.I.S. en esta causa autoriza el mantenimiento de la medida cautelar impuesta, en tanto se advierten presentes razones suficientes que justifican la presunción contraria al principio de permanencia en libertad, conforme tuve oportunidad de desarrollar al emitir mi voto en la causa nº

    14.855, “Isla, B.G.; Amarilla, O.D. s/recurso de casación e inconstitucionalidad” (reg. nº

    19.553 del 12/12/2011, de la Sala II de esta Cámara Federal de Casación Penal), criterio que he sostenido al pronunciarme en esta Sala I en diversas causas (cfr. causas nº 927/2013 “Acery Tarraga, G. s/recurso de casación”, reg. nº 22.404, del 30/10/2013; nº CFP 6577/2013/TO1/11/CFC5 “M.C., J.A. s/recurso de casación”, del 11/07/2014; nº FRE 52000915/2012/TO1/5/CFC1 “Nuske, M.G. s/recurso de casación“, del 11/11/2014 y nº CCC 1644/2013/TO1/8/CFC1 “Centurión, P.A. s/recurso de casación”, del 06/02/2015; entre otras), al que me remito en honor a la brevedad.

  2. ) En tal sentido, el tribunal adoptó el temperamento recurrido al considerar que “… este nuevo pedido de excarcelación se suma a otros similares ya Fecha de firma: 19/10/2016 Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL Firmado por: G.M.H. Firmado por: A.M.F. Firmado(ante mi) por: M.A.M., SECRETARIA DE CAMARA #28825491#164725296#20161019134229216 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Cámara Federal de Casación Penal - Sala I – FBB 12000018/2011/TO1/19/CFC4 Cámara Federal de Casación Penal Incidente Nº 19 - IMPUTADO: SURIS, J.I. s/INCIDENTE DE EXCARCELACION resueltos en expedientes FBB 12000018/2011/9/CA3, del 30 de septiembre de 2015 y FBB 12000018/2011/9, tramitado en esta sede al que se agregó un pedido de hábeas corpus del 25 de enero de 2016 y, como se dijo, resuelto por la Excma. Cámara Federal de Casación Penal (fs. 145/149vta.).

    Todas sus peticiones de excarcelación han sido invariablemente rechazadas en distintas instancias, conforme se desprende de los incidentes agregados por cuerda.” (cfr. fs. 57vta.).

    Explicó que “… no se vislumbra que hayan variado las causales por las cuales se prorrogó la prisión preventiva del encausado, ni tampoco que existan nuevos hechos que permitan derribar los fundamentos de la prórroga de la prisión preventiva oportunamente dispuesta (fs. 2772/2775 [del legajo principal]), toda vez que no surgen de la causa distintos elementos que permitan suponer que ha cesado la posibilidad de fuga o entorpecimiento de la investigación.”.

    Observó también “[l]a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR