Sentencia de TRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL, 18 de Diciembre de 2019, expediente CCC 045877/2012/TO01/16

Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL DE MENORES NRO. 1 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 45877/2012/TO1/16 Buenos Aires, 18 de diciembre de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el presente incidente sobre la solicitud de excarcelación formulada por el Sr. Defensor Público Oficial, Dr.

D.M., en favor de su asistido C.D.S., actualmente alojado en el Complejo Penitenciario Federal N° I de Ezeiza a disposición de este Tribunal.-

RESULTA:

Que el Tribunal Oral de Menores n° 2 de la Capital Federal por sentencia de fecha 20 de noviembre de 2014 –cuyos fundamentos se dieron a conocer el 19 de diciembre de 2014- , falló

X) DECLARANDO a C.D. de las condiciones personales ut supra mencionadas, COAUTOR PENALMENTE RESPONSABLE del delito de robo con armas de fuego reiterado en tres oportunidades una de ellas en grado de tentativa (hechos 2, 3 y 4 de la causa 7627) que concurre materialmente con los delitos de robo agravado por haber sido cometido mediante el uso de armas de fuego en grado de tentativa, en concurso real con homicidio calificado por no haber logrado el fin propuesto al intentar otro delito y procurar la impunidad para si o para terceros, reiterado en dos oportunidades una de ella en grado de conato, (hecho 5 de la causa 7627), CON COSTAS (art. 42, 45, 55, 80 inc. 7mo., 166 inc. 2do., párrafo 2do. del C.P.P.N. y 530 y ss del C.P.P.N.) y

XI) CONDENANDO a C.D. a la pena de DIECIOCHO años de prisión y accesorias legales, en orden a los hechos por los que fuera declarado penalmente responsable en el punto dispositivo que antecede y por aquellos por los cuales el Tribunal Oral de Menores nro. 3 de la Capital Federal, dictara veredicto de responsabilidad penal a su respecto, el 11 de julio de 2014, en la causa 7834 (art. 5, 12, 19, 42, 44; 45, 55, 80 inc. 7mo., 149 ter. inc. 1ero. en función del 149 bis, 2do. párrafo, 166 inc. 2do.

Fecha de firma: 18/12/2019 Alta en sistema: 19/12/2019 Firmado por: J.A.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.R.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.R., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: B.K., SECRETARIA #34468243#252868751#20191219081635324 párrafo 2do. y 186 inc. 1ero., 4to. de la ley 22.278 en función de la ley 23.849)…

Contra dicha sentencia la defensa del nombrado presentó un recurso de casación sobre el cual con fecha 29 de noviembre de 2018 la Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional resolvió: “…

VII. HACER LUGAR PARCIALMENTE, por mayoría, al recurso de casación interpuesto por el defensor público de C.D.S., reformar parcialmente el punto dispositivo X de la sentencia y declararlo autor responsable de los delitos de robo con armas de fuego, reiterado en tres oportunidades, una de ellas en grado de tentativa (hechos 2, 3 y 4 de la causa 7627) que concurren realmente con los delitos de robo con homicidio, en concurso ideal con robo ejercido con violencias que causaron lesiones del art. 90/91, CP, (hecho 5 de la causa 7627) (arts.

42, 45, 54, 55, 165, 166, incs. 1 y 2, párrafo segundo, CP); y RECHAZAR, por mayoría, los restantes motivos de agravio del recurso de casación y XI Disponer, por mayoría, que por otro tribunal se dicte nueva sentencia sobre la necesidad y medida de la pena respecto de C.D.S. y N.S.B. según los criterios aquí expuestos…”. (cfr. fs 3740/3850 del principal)

Respecto de esta última sentencia se...

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