Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 15 de Noviembre de 2016, expediente COM 027970/2013/15/CA009

Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación “Año del bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

LABORATORIOS F.B. S.A.I.C. s/INCIDENTE DE VERIFICACION DE CREDITO DE DIRECCION GENERAL DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN Y OTRO CONCURSADO Expediente N° 27970/2013/15/CA9 Juzgado N° 17 Secretaría N° 34 Buenos Aires, 15 de noviembre de 2016.

Y VISTOS:

En mérito a la importancia, calidad, eficacia y extensión de los trabajos desarrollados por los profesionales beneficiarios de la regulación apelada, habiéndose considerado las pautas porcentuales que habitualmente utiliza el Tribunal para casos como el de autos y estando apelados sólo por bajos, se confirman en mil pesos ($ 1.000) los honorarios del letrado apoderado de la concursada, Dr. J.C.B. (h) y en seiscientos pesos ($ 600) los del síndico, N.O.U., regulados a fs. 130, y se confirman en quinientos pesos ($ 500) los estipendios de la letrada apoderada de la concursada, Dra. M.D., regulados a fs. 136 (art.

287 de la ley 24.522 y art. 33 de la ley 21.839 modificada por la ley 24.432).

N. por Secretaría.

Oportunamente, cúmplase con la comunicación ordenada por el art.

4° de la Acordada de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación 15/13, del 21.5.2013.

Fecha de firma: 15/11/2016 Hecho, devuélvase al Juzgado de primera instancia.

Firmado por: MACHIN-VILLANUEVA (JUECES) - BRUNO INCIDENTISTA...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR