Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 1 de Junio de 2017, expediente CFP 003017/2013/120

Fecha de Resolución 1 de Junio de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 3017/2013/120 C.C.C.F. Sala Segunda CFP 3017/2013/120 “CHUECO, J.O. s/excarcelación-

casación”

Juzgado 7 Secretaría 13 Buenos Aires, 1 de junio de 2017.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

La defensa de J.O.C. presentó recurso de casación contra la decisión de esta Sala que confirmó el rechazo de su excarcelación.

El recurso cumple con las condiciones de tiempo y forma, habiendo sido interpuesto ante el tribunal que dictó la decisión, por quien se encuentra legalmente facultada para hacerlo y con interés en recurrir, toda vez que aquella ha sido contraria al derecho invocado por la parte.

Además, se dirige contra una sentencia equiparable a definitiva pues el auto impugnado restringe la libertad del imputado con anterioridad al fallo final, ocasionando un perjuicio de imposible reparación ulterior, por afectar un derecho que requiere tutela inmediata (conf. en tal sentido de esta Sala causa nº 20.907 “ R.”, reg. nº

22.235 del 30.3.04, causa nº 21.036 “R.”, reg. nº 22.367 del 29.4.04 y causa nº 20.982 “B.”, reg. nº 23.108 del 16.11.04; y de la C.S.J.N.

Fallos: 324:1632 y 324:3952, entre otros).

Y, por otra parte, la naturaleza del planteo suscita cuestión federal y excita la intervención de la Cámara Federal de Casación Penal por cuanto se sostiene la inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva relacionada con el conjunto de normas constitucionales y legales que conforman las pautas dentro de las cuales transita la libertad del imputado en el proceso penal (artículos 14, 18 y 75 inc. 22 C.N. y arts.

9 y 11 D.UDH; art. 9 inc. 1 y 3 del PIDCP; art. 7 del CADH y arts. 280, 317 y sig. del C.P.P.N.), de modo que se reclama la admisibilidad de la vía casatoria por invocarse agravios de naturaleza federal (conf. causa nº

23.101 “M.”, reg. nº 24.387 del 1.11.05 y causa nº 21.599 “Orentrajch”,reg. nº 23.031 del 29.10.04, entre otras).

Fecha de firma: 01/06/2017 Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.J.H...

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