Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1, 18 de Octubre de 2019, expediente FRE 008717/2017/12/CA004

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Chaco Secretaría Penal N° 1

Resistencia, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil diecinueve.

Y VISTO:

El presente expediente registro Nº FRE 8717/2017/14/CA4, caratulado: “INCIDENTE DE EXCARCELACIÓN DE M., J.P. POR INFRACCIÓN LEY 23.737”, proveniente del Juzgado Federal de Reconquista, del que; RESULTA:

A.- Que a fs. 1/6 la Defensa técnica de J.P.M. solicitó la excarcelación en su favor.

A fs. 8/10 el F. Federal dictaminó por el rechazo del beneficio impetrado.

B.- A fs. 11/13 el Instructor resolvió no hacer lugar al pedido de excarcelación, por entender que existen riesgos procesales en la especie.

Para así decidir tuvo en cuenta que M. fue detenido luego de una investigación que demandó un año y cinco meses de duración, culminando con distintos allanamientos, incluyendo el domicilio del encartado donde se secuestró 89,5 gramos de marihuana y 12 gramos de cocaína fraccionadas en diferentes envoltorios, 4 teléfonos celulares y recortes de nylon, siendo indagado posteriormente en orden al delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por el número de intervinientes en el hecho (arts. 5 inc.

c

y 11 inc. “c” de la Ley 23.737).

Asimismo advirtió que de su informe socio ambiental, surge que el mismo no posee trabajo y que en el acta de procedimiento se consignó su intento fallido de huida al percatarse de la presencia policial.

Finalmente, indicó que la causa principal respecto a este incidente se encuentra próxima a elevarse a juicio, lo que constituye otro elemento merituable a los fines del rechazo del pedido excarcelatorio.

C.- A fs. 15/16 el Dr. F.A.K. –en representación de J.P.M.- interpuso recurso de apelación contra lo resuelto. Sostiene que su defendido es inocente, toda vez que no se dedica a la venta ni al tráfico de sustancias ilícitas. Alega que la escasa cantidad de estupefaciente hallado en su domicilio se debe a su condición de consumidor.

Disiente con los argumentos del Juzgador respecto al riesgo de fuga, afirmando que su pupilo no intentó fugarse, sino que se entregó voluntariamente a la Policía, sin objetar el procedimiento. Aduce al respecto, que tal conducta sindicada como evasiva, se debió a la reacción por su adicción tanto a la cocaína como a la marihuana.

Señala que M. tiene trabajo, haciendo las veces de repartidor y Fecha de firma: 18/10/2019 fletero. Finalmente, indica que todas las medidas probatorias fueron realizadas y Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA Firmado por: R.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.J.B., CONJUEZ Firmado(ante mi) por: J.M.D., SECRETARIO DE CAMARA #33649219#246927817#20191017092819426 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Chaco Secretaría Penal N° 1

que el plazo que lleva cumpliendo la cautelar resulta un adelantamiento de pena.

En relación a este último tópico, cita jurisprudencia que entiende aplicable.

D.- A fs. 17 el Sr. Juez Federal concede el recurso intentado, ordenando la remisión de las presentes actuaciones a esta Cámara Federal de Apelaciones.

E.- Que a fs. 65 se notifica la radicación de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR