Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA PENAL, 14 de Junio de 2017, expediente FCB 005761/2015/11/CA003

Fecha de Resolución14 de Junio de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A FCB 5761/2015/11/CA3 doba, 14 de junio de 2017.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “Incidente de nulidad de ARATO, J.E. en autos ARATO, J.E. por asociación ilícita fiscal infracción art. 310…” (Expte. FCB 5761/2015/11/CA3), venidos a conocimiento de la Sala “A” de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto con fecha 26.09.2016 por el doctor F.C.O. en ejercicio de la defensa técnica de J.A. –obrante a fs. 25/26 de autos-, en contra de la resolución dictada por el Juzgado Federal N° 1 de Córdoba con fecha 26.09.2016, en cuanto dispuso: “NO HACER LUGAR A LA NULIDAD DEL REQUERIMIENTO DE INSTRUCCIÓN de fecha 24 de febrero de 2015, obrante a fs. 2246/2275 de las actuaciones principales, planteada por el Dr. F.C.O., en su calidad de abogado defensor del encartado J.E.A., mediante escrito obrante a fs. 1/14 del presente indicente.”

Y CONSIDERANDO:

  1. Se presenta a la Sala la cuestión de resolver el recurso de apelación interpuesto por el Dr. F.C.O. en ejercicio de la defensa técnica de J.A. en contra resolución dictada por el Juzgado Federal N° 1 de Córdoba con fecha 26.09.2016.

  2. Mediante proveído de fecha 19.10.2016, -obrante a fs. 31 de los presentes autos-, se ordenó

    notificar a las partes a los efectos de que manifiesten ante esta Alzada, en el término de tres días hábiles, su intención de informar por escrito o en forma oral en los términos del artículo 454 del Código Procesal Penal de la Nación y de conformidad con lo resuelto por Acuerdo N°

    276/2008.

    Fecha de firma: 14/06/2017 Alta en sistema: 22/06/2017 Firmado por: E.Á., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: G.S.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: I.M.V.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: MARIO R. OLMEDO, Secretario de Cámara #27812845#179298588#20170615101245975 El proveído reseñado fue notificado al doctor C.O. con fecha 19.10.2016, según constancia actuarial obrante a fs. 31/vta.

  3. Seguidamente, con fecha 20.10.2016 compareció el Dr. F.C.O. y manifestó su intención de informar en forma oral.

  4. Con fecha 25.10.2016, el Tribunal fijó fecha para la realización de la audiencia oral prevista en el art. 454 del C.P.P.N., para el día 1.12.2016.

    A su vez, surge de la certificación actuarial de fecha 30.11.2016, que el Juzgado Federal N° 1 de Córdoba, con fecha 29.11.2016 dispuso el sobreseimiento de J.E.A. en orden al delito de evasión tributaria -ejercicios fiscales 2013 y 2014-(fs. 71).

    En atención a ello, con fecha...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR