Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 2 de Septiembre de 2021, expediente FCR 022000293/2013/1

Fecha de Resolución 2 de Septiembre de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I

FCR 22000293/2013/1

MÜLLER, L.E. y ELISAINCIN,

M.E. s/ recurso extraordinario federal

.

Registro Nro. 1504/21

Buenos Aires, 2 de septiembre de 2021.

AUTOS Y VISTOS:

Integrada la S. I de la Cámara Federal de Casación Penal por los señores jueces doctores D.A.P.-.-, A.M.F. y D.G.B. -Vocales-, reunidos de manera remota y virtual de conformidad con lo establecido en las Acordadas 27/20 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación -CSJN- y 15/20 de esta Cámara Federal de Casación Penal -CFCP-, para decidir acerca de la admisibilidad del recurso extraordinario federal interpuesto en el presente legajo N° FCR 22000293/2013/1 del registro de esta S. I, caratulado: “MÜLLER, L.E. y ELISAINCIN,

M.E. s/ recurso extraordinario federal”, por la defensa técnica asistiendo a L.E.M. y M.E.E., contra la resolución dictada por esta S. I en fecha 12 de marzo de 2021 (Reg. Nº 285/2021), en cuanto por mayoría resolvió: “DECLARAR INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la defensa de L.A.M. y M.E.E., con costas (arts. 444, 530 y ccds.

del CPPN)” -el destacado corresponde al original-.

Y CONSIDERANDO:

Los señores jueces D.A.P. y Diego G.

Barroetaveña dijeron:

  1. Que se confirió traslado al representante del Ministerio Público Fiscal, por el plazo de diez días, del recurso extraordinario interpuesto por la defensa técnica de los nombrados (art. 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la NaciónCPCCN-), el que fue contestado oportunamente por el Dr. R.O.P. quien solicitó se declare inadmisible el recurso interpuesto.

    Fecha de firma: 02/09/2021

    Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I

    FCR 22000293/2013/1

    MÜLLER, L.E. y ELISAINCIN,

    M.E. s/ recurso extraordinario federal

    .

  2. Que la decisión cuestionada -por su naturaleza y efectos- no reviste la calidad de sentencia definitiva ni se equipara a ella en los términos del artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN), ya que no se trata de un auto que pone fin a la acción ni a la pena, no hace imposible que continúen las actuaciones, ni tampoco deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena.

    De otra parte, como en jurisprudencia consolidada lo ha sostenido la CSJN, el...

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