Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 11 de Septiembre de 2014, expediente FSA 044000056/2010/1/CA001
Fecha de Resolución | 11 de Septiembre de 2014 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE SALTA |
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Salta ta, 11 de septiembre de 2014.-
El legajo de apelación N° FSA 44000056/2010/1/CA1 caratulado “Inc. de excarcelación de N., C. p/ privación Ilegal de libertad (art. 144 bis inc. 1”, proveniente del JFN° 2 de Jujuy; RESULTA:
I) Que vienen las presentes actuaciones a consideración del Tribunal en virtud del recurso de casación interpuesto por el Defensor Público Oficial ad hoc del imputado a fs. 79/87, en contra de lo resuelto por esta Cámara Federal a fs. 75/78 en cuanto CONFIRMÓ la resolución de fs. 22/25, por la cual no se hizo lugar al pedido de excarcelación a favor de C.N..
II) Que en su memorial el Defensor Público Oficial ad hoc del imputado interpone recurso de casación en los términos de los arts. 456; 457 y 463 del CPPN.
Al respecto, considera que el auto de procesamiento es nulo por vicio in procedendo y que la resolución es arbitraria e insanablemente nula por falta de motivación constituyendo una violación al derecho de defensa en juicio y al debido proceso (art. 456 inc. 2°).
Estima que existe errónea aplicación de la ley sustantiva (art. 456 inc. 1° del CPPN) toda vez que no se mencionó para denegar la excarcelación de su defendido, cuáles serían las medidas probatorias que se encuentran pendientes de producción o de qué
forma podría obstruir la investigación del caso. Añade que su asistido no registra antecedentes penales computables y tiene domicilio y arraigo familiar en la ciudad de San Salvador de Jujuy donde reside junto a su esposa e hijos.
Alega la existencia de vicio in procedendo (art. 456 inc. 2 del CPPN), en el entendimiento de que la resolución cuestionada se Fecha de firma: 11/09/2014 Firmado por: J.L.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: CARMEN H TEJERINA, SECRETARIO DE JUZGADO Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Salta encuentra viciada por falta de motivación, lo que la convierte en arbitraria e insanablemente nula, lo cual constituye una violación a la Defensa en Juicio y al Debido Proceso.
Expone que de conformidad con lo dispuesto por el art.
457 del código de rito, el auto que confirma la denegatoria de la excarcelación es equiparable a una sentencia definitiva por ocasionar a su defendido un perjuicio de imposible o tardía reparación ulterior.
Entiende que resulta de aplicación la doctrina jurisprudencial sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en “fallo 109.651 –CS, 2005/09/20- ‘C., M.E. y...
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