Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 9 de Septiembre de 2021, expediente FLP 042211/2019/3/1

Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I

FLP 42211/2019/3/1

BEGZATOV, S. s/ recurso extraordinario federal

.

Registro Nro. 1607/21

Buenos Aires, 9 de septiembre de 2021.

AUTOS Y VISTOS:

Integrada la S. I de la Cámara Federal de Casación Penal por los señores jueces doctores D.A.P.-.-, A.M.F. y D.G.B. -Vocales-, reunidos de manera remota y virtual de conformidad con lo establecido en las Acordadas 27/20 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación -CSJN- y 15/20 de esta Cámara Federal de Casación Penal -CFCP-, para decidir acerca de la admisibilidad del recurso extraordinario federal interpuesto en el presente legajo N° FLP 42211/2019/3/1 del registro de esta S. I, caratulado: “BEGZATOV, S. s/ recurso extraordinario federal”, por la defensa pública oficial de S.B., contra la resolución dictada por esta S. I en fecha 1 de julio de 2021 (Reg. Nº 1068/2021), en cuanto resolvió: “

  1. RECHAZAR la queja interpuesta por la defensa pública oficial, con costas (arts. 478, 530 y 531 del CPPN)”

    -el destacado corresponde al original-.

    Y CONSIDERANDO:

    La señora jueza doctora A.M.F. y el señor juez D.G.B. dijeron:

  2. Que se confirió traslado al representante del Ministerio Público Fiscal, por el plazo de diez días, del recurso extraordinario interpuesto por la defensa pública oficial asistiendo a S.B. (art. 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la NaciónCPCCN-), el que fue contestado oportunamente por el Dr. J.A. De Luca.

  3. Que es menester señalar que la decisión cuestionada -por su naturaleza y efectos- no reviste la calidad de sentencia definitiva ni se equipara a ella en los términos del artículo 457 del CPPN, ya que no se trata de un Fecha de firma: 09/09/2021

    Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I

    FLP 42211/2019/3/1

    BEGZATOV, S. s/ recurso extraordinario federal

    .

    auto que pone fin a la acción ni a la pena, no hace imposible que continúen las actuaciones, ni tampoco deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena De otra parte, como en jurisprudencia consolidada lo ha sostenido la CSJN, el recurso extraordinario exige entre otros requisitos para su procedencia que la sustancia del planteo en que se funda implique el debate de una cuestión federal, lo que en la...

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