Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2, 12 de Mayo de 2020, expediente FRE 014171/2019/1/CA001

Fecha de Resolución12 de Mayo de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –Secretaría Penal N °2-

Resistencia, a los quince días del mes de mayo del año dos mil veinte.

Y VISTO:

El presente expediente registro Nº FRE

14171/2019/1/CA1, caratulado: “E., R.L. s/

Incidente de Excarcelación”, proveniente del Juzgado Federal N° 1 de Formosa, del que;

RESULTA:

  1. - Que la Defensora Pública Oficial, Dra. M.R.C., en representación de R.L.E.,

    solicita el beneficio de excarcelación de su defendido.

    Corrida vista al representante del Ministerio Público F., entiende que corresponde rechazar la excarcelación solicitada.

  2. - El J. Federal Subrogante resolvió, luego de USO OFICIAL

    reseñar los antecedentes de la causa, no hacer lugar al beneficio peticionado en el entendimiento de que el detenido se encuentra alojado en el Escuadrón 16

    Clorinda

    de Gendarmería Nacional, donde -según informó

    el Jefe del lugar- no existen antecedentes de coronavirus ni personas que hayan presentado síntomas; asimismo,

    destacó que se han adoptado las medidas conducentes a los efectos de mantener la situación de sanidad.

    Además, señaló que los internos son revisados diariamente por facultativos médicos, por lo que, pese a que E. padecería de hipertensión, dicho lugar de detención se erige como idóneo para el alojamiento del nombrado.

    Finalmente resalta que, encontrándonos en el transcurso del trámite legal de la extradición de E.,

    tal como luce de los autos principales, donde la misma se ha otorgado, no corresponde hacer lugar al pedido de libertad solicitado.

  3. - A la citada resolución se enfrenta la Defensa técnica del encartado e interpone formal recurso de apelación. Disiente con lo sostenido por el J. a quo y afirma que la decisión judicial luce arbitraria por cuanto Fecha de firma: 12/05/2020 desestima el argumento defensivo, sin evaluar Alta en sistema: 15/05/2020

    Firmado por: M.L.R., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: R.A., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –Secretaría Penal N °2-

    adecuadamente el alcance de la situación de crisis que ha determinado la emergencia sanitaria vinculada al COVID-19.

    Agrega que la normativa referida a la protección de los grupos vulnerables frente al avance de la pandemia alude a situaciones como aquélla en la cual se encuentra E., quien cumple su detención en el marco de la emergencia carcelaria en dependencias del Escuadrón 16 de Gendarmería Nacional, sitio en el cual, por el estado de hacinamiento en el que se hallan los allí alojados y ante la eventual presencia de la infección, será blanco del contagio.

    Finalmente señala que tal ha sido el razonamiento de los Magistrados de la Provincia de Buenos Aires que,

    como es de público conocimiento, han dispuesto la excarcelación y/o concesión de arresto domiciliario con USO OFICIAL

    pulsera electrónicas ante planteos como el presente.

  4. - El J. concede el recurso intentado,

    ordenando la remisión de las presentes actuaciones a esta Cámara Federal de Apelaciones.

  5. - Arribados los autos, se notifica a las partes su radicación, obrando escrito por el cual el F. General hace saber que no adhiere al recurso intentado por la defensa.

    Habiéndose cumplimentado el pertinente trámite de ley, se decreta audiencia conforme el art. 454 CPPN, la cual se perfecciona en forma digital con la presentación del memorial presentado por la Defensa de E.,

    oportunidad en que mantiene, en lo sustancial, los agravios expuestos al momento de interponer el recurso de apelación.

    Habilitada la feria judicial extraordinaria en atención a la naturaleza de la cuestión, quedan así los autos en condiciones de ser resueltos.

    CONSIDERANDO:

    1. ) Cabe señalar, en primer lugar, que las presentes actuaciones revisten la particularidad de que les es aplicable una ley...

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