Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 4, 3 de Diciembre de 2015, expediente FTU 830960/2011/12/1

Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2015
EmisorSala 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FTU 830960/2011/12/1 REGISTRO N° 2306/15 Buenos Aires, 3 de diciembre de 2015.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa N.. FTU 830960/2011/12/1 del Registro de este Tribunal, caratulada: “AZAR, M. y otros s/ recurso extraordinario”, acerca de la admisibilidad de los recursos extraordinarios presentados por las defensas de Musa Azar, M.T.G.R. delV.L.V. y C.H.C. a fs. 160/176 vta.; de F.L. a fs. 178/199 vta. (y 252/271 vta.); de J.A. D’Amico a fs. 200/227 vta. (y 273/292 vta.); de J.F.B. a fs.

228/248 vta.; de E.B.B. y José

Gregorio Brao a fs. 309/321 vta.

Y CONSIDERANDO:

  1. Con fecha 22 de junio de 2015 esta Sala resolvió: “1) RECHAZAR los recursos de casación interpuestos por las defensas de R.D.S., J.A.D., F.L., J.G.B., C.H.C., E.B.B., M.A., M.T.G., R. delV.L.V. y J.F.B.. Sin costas en la instancia (art. 530 y 531 in fine del CPPN).

    2) HACER LUGAR al recurso de casación interpuesto por el representante del Ministerio Público Fiscal agregado a fs. 9694/9700 vta., sin costas (art. 530 y 531 C.P.P.N.), ANULAR PARCIALMENTE los puntos VI, VII, IX y XVI de la sentencia traída a revisión, exclusivamente en lo que al monto de las penas de prisión impuestas a E.B.B., J.G.B., C.H.C. y R.D.S. se refiere y, REENVIAR a la Fecha de firma: 03/12/2015 Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CÁMARA DE CASACION Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA CASACION Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CÁMARA DE CASACIÓN Firmado(ante mi) por: H.B., SECRETARIO DE CAMARA instancia anterior en los términos del art. 471 del C.P.P.N.

    3) TENER PRESENTE las reservas del caso federal“.

  2. Contra esa decisión interpusieron recurso extraordinario las defensas de M.A., M.T.G.R. delV.L.V. y C.H.C. a fs. 160/176 vta.; de F.L. a fs.

    178/199 vta.; de J.A. D’Amico a fs. 200/227 vta.; de J.F.B. a fs. 228/248 vta.; de E.B.B. y J.G.B. a fs.

    309/321 vta.

    La defensa de de M.A., M.T.G.R. delV.L.V. y C.H.C. alegó la violación al principio de congruencia en virtud de la calificación por autoría mediata, sostuvo la transgresión al principio de in dubio pro reo al resultar la sentencia arbitraria, arguyó la violación a un tiempo razonable de duración del proceso (lo que nombró como “inmediatez”) y enfatizó

    la violación al derecho de defensa de M.A. al no haber estado presente en todo el juicio.

    La defensa de F.L. sostuvo la violación al art. 381 del CPPN, cuestionó la designación del fiscal G. y enfatizó en la arbitrariedad de la...

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