Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B, 7 de Julio de 2022, expediente FCR 003387/2022/1/CA001
Fecha de Resolución | 7 de Julio de 2022 |
Emisor | CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B |
Poder Judicial de la Nación INCIDENTE DE INCOMPETENCIA FORMADO EN LA CAUSA N° FCR 3387/2022, CARATULADA:
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONOMICO N° 3 SEC 5 (CAUSA CPE 879/2021-
INCOMPETENCIA) S/INFRACCIÓN LEY 23.737
. J.N.P.E. 3, SECRETARÍA N° 5. EXPEDIENTE N° FCR
3387/2022/1/CA1. ORDEN N° 30.863. SALA “B”.
Buenos Aires, de julio 2022.
VISTOS:
La cuestión de competencia negativa suscitada entre el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 3 y el Juzgado Federal de Primera Instancia de Comodoro Rivadavia, provincia de Chubut.
La presentación de fecha 1 de abril de 2022, por la cual el señor Fiscal General contestó la vista conferida en el presente.
Y CONSIDERANDO:
1°) Que, la causa N° FCR 3387/2022 a la cual corresponde este incidente se inició con motivo de la extracción de testimonios ordenada por el señor juez “a quo”, por la resolución de fecha 17 de febrero de 2022, dictada en el marco de la causa N° CPE 879/2021, cuyo objeto de investigación se circunscribe al hecho presunto de contrabando de importación, en grado de tentativa, de sustancia estupefaciente (98 semillas de marihuana), mediante un envío postal internacional identificado con el track & trace N°.RD827631020AR, procedente del Reino de España, consignado a M. O., con domicilio en La Pinta 3954, B.S.M., Comodoro Rivadavia, República Argentina.
En el marco de aquella investigación, el señor juez “a quo” ordenó
el allanamiento del inmueble localizado en la calle La Pinta N° 3954 de Barrio San Martín, Comodoro Rivadavia, provincia de Chubut. La diligencia fue llevada a cabo el día 19 de enero de 2022 y en aquélla oportunidad se corroboró
que en aquel domicilio residía M. C. O. y se secuestraron, entre otros elementos,
seis (6) plantas, quince (quince) semillas y 93 gramos de sustancia estupefaciente (cannabis sativa).
Fecha de firma: 07/07/2022
Alta en sistema: 08/07/2022
Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: E.J.G., PROSECRETARIO DE CAMARA
36377942#334006288#20220706133920282
Poder Judicial de la Nación 2°) Que, como consecuencia del hallazgo del material estupefaciente y del secuestro del mismo, realizado en el domicilio de la calle La Pinta N° 3954 de Barrio San Martín, Comodoro Rivadavia, provincia de Chubut,
el señor juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 3, a instancias de lo dictaminado por la señora representante del Ministerio Público Fiscal ante la instancia anterior, resolvió declarar la incompetencia de ese tribunal para entender en la investigación vinculada con el delito presunto que surgiría de la tenencia de aquel material, y remitir testimonios de la causa principal a la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal con competencia territorial en Comodoro Rivadavia, provincia de Chubut para que se determine el juzgado que debía intervenir (conf. resolución de fecha 17/02/22
incorporada al presente incidente).
3°) Que, a raíz de la decisión citada por el considerando precedente se formó la causa N° FCR 3387/2022, a la que pertenece el presente incidente,
en la cual interviene el Juzgado Federal de Primera Instancia de Comodoro Rivadavia.
En el marco de las referidas actuaciones, el señor magistrado a cargo del Juzgado Federal de Primera...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba