Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA PENAL, 29 de Marzo de 2022, expediente FCT 003297/2020/1/CA002

Fecha de Resolución29 de Marzo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES

FCT 3297/2020/1/CA2

Corrientes, veintinueve de marzo de dos mil veintidós.

Y visto: los autos caratulados “Incidente de Excarcelación de Avalos

Mercedes –en autos: Avalos Mercedes p/Infracción Ley 23.737”, E.. Nº

3297/2020/1/CA1 del registro de este Tribunal, proveniente del Juzgado

Federal Nº 1 de la Ciudad de Corrientes.

Considerando:

I Que, ingresan las presentes actuaciones a estudio de este Tribunal,

en virtud del recurso de apelación presentado por la defensa particular de la

imputada M.A., contra el auto de fecha 13 de diciembre del año

2021, por medio del cual el juez a quo rechazó el pedido de excarcelación y

prisión domiciliaria –en subsidio solicitado en su favor.

Para así decidir, tuvo en cuenta la existencia de peligro procesal dada

la gravedad del delito imputado (art. 5º inc. “c” de la Ley 23.737), en la

modalidad de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, la

imposibilidad de condenación condicional, las circunstancias objetivas del

caso y la falta de medidas probatorias, por lo que deduce, que la imputada en

libertad podría entorpecer la investigación o intentar eludir la acción de la

justicia.

II Contra ello se alzó la defensa e interpuso recurso de apelación. En

primer lugar, centró sus agravios en la enfermedad que padece su asistida y en

la ausencia de riesgo procesal. En este sentido, manifestó que la Sra. A. es

una mujer de 55 años que padece de neumonía sangrante, motivo por el cual

el lugar de detención no es el adecuado a su cuadro médico. Además,

manifestó que tampoco existe riesgo procesal, dado que posee arraigo familiar

(vive con sus tres hijas, un hijo y tres nietos menores de edad, todos bajo su

cuidado), domiciliario (en la calle J.V.B. 4078 de esta ciudad) y

laboral (posee un kiosco hace más de 10 años).

En subsidio, solicitó la prisión domiciliaria, fundada en el art. 32 de

la Ley 24.660, dado que su defendida padece Hemoptisis Neumonía,

Fecha de firma: 29/03/2022

Firmado por: R.L.G., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: SELVA A.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: N.A.M., SECRETARIA DE CAMARA

manifestando que comenzó su padecimiento de pulmones en el año 2013,

momento en el cual debió ser internada y continúa con el mismo cuadro hasta

la actualidad, realizándose controles médicos periódicos y medicación

constante. También, expuso que las condiciones de encierro no son propicias

debido a que las celdas carecen...

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