Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 1, 4 de Mayo de 2023, expediente FSM 016429/2023/1/CA001

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 1

FSM 16429/2023/1/CA1, C.: “Incidente Nº 1 -

IMPUTADO: V.T., M.C.

s/INCIDENTE DE EXCARCELACION”, del Juzgado Federal de 3 de Febrero, Secretaría nº8

Registro de Cámara: 13.618

S.M., 4 de mayo de 2023.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. El recurso de apelación deducido por la defensa de M.C.V.T., contra la resolución que denegó

    su excarcelación bajo cualquier tipo de caución.

  2. En primer lugar, toca señalar que el fallo impugnado cumple con la manda de motivación que prescribe la norma invocada por la parte, pues contiene una explicación de la conclusión a la que arribó el señor juez, que aparece como el resultado de un análisis racional de los elementos obrantes en el legajo y su aplicación al caso concreto.

    En cuanto a los elementos valorados por el a quo para rechazar el derecho, cabe destacar que ésta resulta ser una facultad privativa del magistrado, quien puede optar por aquellos que, a su juicio, sean decisivos para fundar la solución que adopte, sin que esté obligado a referirse,

    indispensablemente, a todos los elementos que se pongan a su consideración.

    En base a ello, es que habrá de rechazarse la queja de la recurrente acerca de que, en el caso, se efectuó una errónea valoración de los riesgos procesales, vislumbrándose como una mera disconformidad con lo resuelto.

    Fecha de firma: 04/05/2023

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.L.B., PROSECRETARIO DE CAMARA

  3. Puesto a resolver aquello que es motivo de agravio, se desprende de autos, que V.T. fue procesada el 26 de abril pasado por considerarla, prima facie,

    autora de defraudación, mediante el uso de tarjeta de crédito,

    en grado de tentativa, en concurso ideal con falsificación de documento público de los destinados a acreditar la identidad de las personas, como partícipe necesaria.

    Sentado ello, se advierte, por un lado, que dicha penalidad prevista en abstracto, habilitaría su soltura anticipada ya que el máximo previsto por el concurso de los delitos no supera el tope de ocho años establecido en el Art.

    317, Inc. 1°, en función del Art. 316, del código adjetivo (primera regla) y el mínimo legal contemplado, sumado a la carencia de antecedentes, no permite descartar la posibilidad de aplicación de una condena de ejecución condicional (segunda regla).

    Considerando esas pautas procesales, con los parámetros previstos en los artículos 319 del CPPN, 221 y 222

    del CPPF y lo fijado en el plenario “D.B., R.G. s/ recurso de casación” (Acuerdo N° 1/2008, Plenario n° 13, de la Cámara Federal de Casación Penal, en la C. 7480 del registro de la Sala II del Cuerpo, resuelta el 30 de octubre de 2008),

    se determina que, en el caso concreto, no median los riesgos Fecha de firma: 04/05/2023

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.L.B., PROSECRETARIO DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 1

    FSM 16429/2023/1/CA1, C.: “Incidente Nº 1 -

    IMPUTADO: V.T., M.C.

    s/INCIDENTE DE EXCARCELACION”, del Juzgado Federal de 3 de Febrero, Secretaría nº8

    Registro de Cámara: 13.618

    procesales por los que se le denegó su derecho a la excarcelación.

    Entonces, ceñida la Sala al análisis de las circunstancias personales de la incusa, cabe destacar que a la luz de las previsiones del Art. 210 del Código Procesal Penal Federal, no se observa la presencia de indicadores que ameriten mantener su encierro.

    En tal sentido, se han incorporado, con posterioridad a la resolución del a quo, elementos que permiten brindar un cuadro de análisis más profundo de la situación de la encartada.

    Se...

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