Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 17 de Mayo de 2022, expediente FSM 017725/2019/TO01/3/1/CFC002

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Sala III

Causa Nº FSM

17725/2019/TO1/3/1/CFC2

Torales, S. s/recurso de Cámara Federal de Casación Penal casación

Registro nro.: 654/22

Buenos Aires, 17 de mayo de 2022.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver acerca del recurso de casación interpuesto en la presente causa n° FSM

17725/2019/TO1/3/1/CFC2 del registro de esta Sala III,

caratulada: “T., S. s/ recurso de casación”.

Y CONSIDERANDO:

El señor juez doctor M.H.B. dijo:

  1. Que la juez a cargo de la ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 5 de San Martín, provincia de Buenos Aires, no autorizó el extrañamiento de S.T..

  2. Contra esa decisión la defensa oficial interpuso recurso de casación que fue concedido por el a quo.

    Fundó su recurso en los términos del artículo 456,

    incisos 1º y 2º, del Código Procesal Penal de la Nación.

    En cuanto al agravio relativo a la errónea aplicación de la ley sustantiva la defensa sostuvo que el pronunciamiento recurrido no observó las disposiciones contenidas en la Ley 25.871 y como consecuencia de ello, se vulneró el principio de legalidad al incorporar requisitos que no se encuentran previstos por la legislación.

    En este sentido, sostuvo que a los efectos de autorizar el extrañamiento, no resulta necesario que la persona privada de su libertad se encuentre incorporada al período de prueba, sino que basta con el cumplimiento de la mitad de la condena.

    Asimismo, el impugnante adujo que la resolución es arbitraria y carece de debida fundamentación, por lo que corresponde que se haga lugar a la expulsión de su asistido.

    Fecha de firma: 17/05/2022

    Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA DE CASACION

    Firmado por: P.A.I., SECRETARIO DE CAMARA 1

    Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Finalmente, efectuó reserva del caso federal.

  3. El recurso de casación en examen fue deducido por la defensa técnica de S.T. contra de la decisión adoptada por la señora jueza del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 5 de San Martín, a cargo de la ejecución de la pena que, no autorizó el extrañamiento.

    En lo medular la Defensa Pública Oficial manifestó

    que el interno tenía cumplido el requisito temporal, más de la mitad del tiempo de la pena de cinco (5) años de prisión que le fuera impuesta y, por ello, correspondía su extrañamiento.

    En ocasión de resolver, el a quo expresó, en consonancia con lo dictaminado por el representante del Ministerio Público Fiscal ante la instancia, que correspondía rechazar la pretensión por cuanto no se hallaba cumplido el requisito previsto en el art. 17, acápite I, de la ley 24.660,

    en función de que S.T. no se hallaba incorporado al período de prueba.

    Que, examinados los agravios del recurrente a la luz de un análisis integral de las constancias incorporadas al presente legajo, no se advierte ni la defensa ha logrado demostrar los defectos de fundamentación del pronunciamiento recurrido que alega para descalificarlo como acto jurisdiccional válido.

    Cabe señalar que de la lectura de los autos principales (causa FSM 17725/2019/TO1 del Sistema Informático Lex100) se advierte...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR