Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 31 de Marzo de 2022, expediente FCT 001964/2020/1/CFC001
Fecha de Resolución | 31 de Marzo de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1 |
Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I
FCT 1964/2020/1/CFC1
SOTO, V.A. s/recurso de casación
Registro Nro. 296/2022
Buenos Aires, 31 de marzo de 2022.
AUTOS Y VISTOS:
Integrada la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal por los señores jueces doctores Diego G.
Barroetaveña -Presidente-, D.A.P. y A.M.F.-.-, reunidos de conformidad con lo dispuesto en las Acordadas 24/21 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y 5/21 de esta Cámara Federal de Casación Penal (CFCP), para decidir acerca de la admisibilidad del recurso de casación interpuesto en el presente legajo Nro. FCT 1964/2020/1/CFC1 del registro de esta Sala I, caratulado: “SOTO, V.A. s/recurso de casación”.
Y CONSIDERANDO:
Los señores jueces D.G.B. y D.A.P. dijeron:
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Que, en fecha 23 de noviembre de 2021, la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes resolvió
confirmar la decisión del juez de grado en cuanto rechazó
la excarcelación de V.A.S..
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Que, contra aquel pronunciamiento, interpuso recurso de casación la defensa pública oficial de la nombrada, el que fue concedido por el a quo.
-
Si bien las resoluciones que involucran cuestiones como la aquí planteada resultan equiparables a sentencia definitiva ya que pueden ocasionar un perjuicio de imposible o tardía reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela judicial inmediata, como lo es, en el caso, la libertad ambulatoria (Fallos: 310:1835;
310:2245; 311:358; 314:791; 316:1934, 328:110 y 329:679,
Fecha de firma: 31/03/2022
entre muchos otros), para posibilitar el ejercicio de la Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL
Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I
FCT 1964/2020/1/CFC1
SOTO, V.A. s/recurso de casación
jurisdicción revisora de esta Cámara debe encontrarse debidamente fundada una cuestión federal.
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Que en el sub judice la defensa no ha logrado demostrar la existencia de un agravio federal debidamente fundado, toda vez que se ha limitado a invocar defectos de fundamentación en la resolución impugnada, a partir de una discrepancia sobre la interpretación de las circunstancias concretas del caso que la cámara a quo consideró relevantes para denegar la excarcelación solicitada.
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De manera liminar, corresponde recordar que,
conforme surge del Sistema de Gestión Judicial (LEX100),
V.A.S. se encuentra procesada con prisión preventiva -bajo la modalidad de prisión domiciliaria- en las actuaciones principales como presunta autora del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inc. “c” de la Ley 23737).
Sentado cuanto precede, es menester señalar que la cámara a quo analizó el planteo a la luz de las disposiciones del Código Procesal Penal Federal (CPPF).
En efecto, al analizar las circunstancias y...
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