Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 31 de Marzo de 2022, expediente FCT 001964/2020/1/CFC001

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I

FCT 1964/2020/1/CFC1

SOTO, V.A. s/recurso de casación

Registro Nro. 296/2022

Buenos Aires, 31 de marzo de 2022.

AUTOS Y VISTOS:

Integrada la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal por los señores jueces doctores Diego G.

Barroetaveña -Presidente-, D.A.P. y A.M.F.-.-, reunidos de conformidad con lo dispuesto en las Acordadas 24/21 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y 5/21 de esta Cámara Federal de Casación Penal (CFCP), para decidir acerca de la admisibilidad del recurso de casación interpuesto en el presente legajo Nro. FCT 1964/2020/1/CFC1 del registro de esta Sala I, caratulado: “SOTO, V.A. s/recurso de casación”.

Y CONSIDERANDO:

Los señores jueces D.G.B. y D.A.P. dijeron:

  1. Que, en fecha 23 de noviembre de 2021, la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes resolvió

    confirmar la decisión del juez de grado en cuanto rechazó

    la excarcelación de V.A.S..

  2. Que, contra aquel pronunciamiento, interpuso recurso de casación la defensa pública oficial de la nombrada, el que fue concedido por el a quo.

  3. Si bien las resoluciones que involucran cuestiones como la aquí planteada resultan equiparables a sentencia definitiva ya que pueden ocasionar un perjuicio de imposible o tardía reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela judicial inmediata, como lo es, en el caso, la libertad ambulatoria (Fallos: 310:1835;

    310:2245; 311:358; 314:791; 316:1934, 328:110 y 329:679,

    Fecha de firma: 31/03/2022

    entre muchos otros), para posibilitar el ejercicio de la Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I

    FCT 1964/2020/1/CFC1

    SOTO, V.A. s/recurso de casación

    jurisdicción revisora de esta Cámara debe encontrarse debidamente fundada una cuestión federal.

  4. Que en el sub judice la defensa no ha logrado demostrar la existencia de un agravio federal debidamente fundado, toda vez que se ha limitado a invocar defectos de fundamentación en la resolución impugnada, a partir de una discrepancia sobre la interpretación de las circunstancias concretas del caso que la cámara a quo consideró relevantes para denegar la excarcelación solicitada.

  5. De manera liminar, corresponde recordar que,

    conforme surge del Sistema de Gestión Judicial (LEX100),

    V.A.S. se encuentra procesada con prisión preventiva -bajo la modalidad de prisión domiciliaria- en las actuaciones principales como presunta autora del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inc. “c” de la Ley 23737).

    Sentado cuanto precede, es menester señalar que la cámara a quo analizó el planteo a la luz de las disposiciones del Código Procesal Penal Federal (CPPF).

    En efecto, al analizar las circunstancias y...

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