Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B, 13 de Octubre de 2021, expediente CPE 000409/2021/1/CA001

Fecha de Resolución13 de Octubre de 2021
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B

Poder Judicial de la Nación INCIDENTE DE DEVOLUCIÓN DE P.R.J.F.E.A.P.R.J.F.S..415.J.N.P.E. N°

8 S. 15. CPE 409/2021/1/CA1. ORDEN N° 30.531. SALA “B”.

Buenos Aires, de octubre de 2021.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por la defensa de J.F.P.R.

contra la resolución por la cual el juzgado “a quo” dispuso: “

  1. NO HACER

    LUGAR a la devolución de las divisas (4.460 dólares) (…) secuestrados en los autos principales, solicitada mediante presentación de fecha 18/5/2021 por J.

    F. P.R. (art. 238 del CPPN)…”.

    El memorial por el cual la defensa de J.F.P.R. informo en los términos previstos por el art. 454 del C.P.P.N.

    Y CONSIDERANDO:

    1. ) Que, por la resolución recurrida, el señor juez a cargo del juzgado “a quo” consideró que “…en los autos principales…el pasado 18/5/2021 se le recibió declaración indagatoria (art. 294 del CPPN) a J. F. P.

      R., por el hecho consistente en el intento de extraer del país, desde el Aeropuerto Internacional de Ezeiza Ministro Pistarini, el día 6/5/2021, a través del vuelo N° AV 088 de la compañía aérea Avianca, con destino a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, la cantidad de cuatro mil cuatrocientos sesenta dólares estadounidenses (USD 4.460) y dos lingotes de oro de 100

      gramos cada uno…burlando el control aduanero…La conducta descripta se calificó provisoriamente…en las previsiones de los arts. 864, inc. d, de la ley 22.415 (Código Aduanero), con la agravante del art. 865, inc. i, de dicho código, en función del art. 871 del mismo cuerpo legal, y art. 7° del decreto N°

      1570/01, modificado por el art. 3° del decreto 1606/01, art. 4° de la RG AFIP

      2705/09, modificada la RG AFIP N° 3010/10, endilgándose la intervención de P.R. en calidad de autor (art. 886 inc. 1° del Código Aduanero y art. 45 del Código Penal)…Posteriormente, en fecha 10/6/21, se resolvió en los autos principales DECRETAR LA FALTA DE MÉRITO para sobreseer o procesar a J.F.P.R.…”.

      Fecha de firma: 13/10/2021

      Alta en sistema: 14/10/2021

      Firmado por: M.B.C., SECRETARIA DE CAMARA

      Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA

      Asimismo, el juzgado “a quo” fundó la denegación de la devolución de las divisas y de los lingotes de oro secuestrados, en las previsiones de los arts. 231 y 238 del Código Procesal Penal de la Nación y en los arts. 23 del Código Penal y 876, inc. 1°, ap a) del Código Aduanero.

    2. ) Que, al contestar la vista que le fue conferida, el señor fiscal de la instancia anterior se opuso a la devolución de las divisas y de los lingotes de oro solicitada, por considerar que “…los...

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