Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2, 27 de Octubre de 2021, expediente FMZ 009073/2021/1/CFC001

Fecha de Resolución27 de Octubre de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2

Cámara Federal de Casación Penal Sala II

Causa Nº FMZ 9073/2021/1/CFC1

H., A.M. s/

recurso de casación

}

Registro nro.: 1781/21

Buenos Aires, 27 de octubre de 2021.

AUTOS Y VISTOS:

Integrada la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal por los señores jueces doctores A.W.S.,

C.A.M. y G.J.Y., reunidos de conformidad con lo establecido en las Acordadas 24/21 y ccds.

de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y Acordadas 5/21

y ccds. de este cuerpo, para decidir acerca del recurso de casación interpuesto en la presente Causa Nº FMZ

9073/2021/1/CFC1, “H., A.M. s/ recurso de casación”.

Y CONSIDERANDO:

Los señores jueces doctores C.A.M. y G.J.Y. dijeron:

  1. Que la Sala B de la Cámara Federal de M.,

    resolvió “NO HACER LUGAR al recurso de apelación interpuesto por la defensa de A.M.H. y, en consecuencia,

    CONFIRMAR la resolución Sr. Juez de Primera Instancia del Juzgado Federal Nº 3 de M., por la que denegó el pedido de excarcelación o arresto domiciliario impetrado a favor del nombrado”.

    Contra dicha decisión la defensa particular del nombrado interpuso el recurso de casación que fue concedido, y se encuentra a estudio.

  2. Que del análisis realizado en razón de lo previsto por los artículos 444 y 465 del CPPN, surge la inadmisibilidad de la vía intentada, pues el recurrente no logra rebatir todos y cada uno de los argumentos expuestos en Fecha de firma: 27/10/2021

    Firmado por: A.W.S., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.A.T.S., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1

    Firmado por: G.J.Y., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    la resolución recurrida, trasuntando sus agravios una mera disconformidad con lo resuelto por el a quo.

    En efecto, los jueces de cámara luego de analizar la normativa aplicable, sostuvieron que “si bien esta Alzada no desconoce que HERRERA tendría arraigo familiar, al convivir en el domicilio allanado con su madre y sus tíos (cfr. encuesta ambiental), entendemos que el mismo resulta insuficiente para garantizar que el nombrado, en caso de recuperar su libertad,

    no intentará entorpecer o eludir el accionar de la justicia,

    ya que, dicho arraigo debe ser valorado a la luz de los otros parámetros que determina la normativa referida supra”.

    Así, destacaron “de las constancias de autos no surge suficientemente acreditado que el encartado posea arraigo laboral (v. encuesta ambiental)”. Además tuvieron en cuenta “el inicio de las investigaciones, toda vez que aun cuando el encausado no presenta antecedentes penales, el domicilio allanado, sito en Barrio Santa Teresita Manzana H

    Casa 28 de Las Heras, M., era objeto de una investigación por parte del titular del Juzgado Penal Colegiado de M. en los autos P57030/21 caratulados ‘F c/ NN p/ Tenencia ilegal de arma de fuego de guerra en concurso real con encubrimiento por favorecimiento real agravado por habitualidad’, de donde se secuestraron en fecha 25/07/2021: ‘una (1) bolsa de nylon transparente, conteniendo en su interior sustancia blanquecina en polvo, que resultó ser cocaína al test orientativo por goteo realizado, con un peso total de 52 gramos; seis (6)

    envoltorios tipo raviol cuatro de ellos realizados en papel glasé, y dos en hoja de papel de color blanco, conteniendo en su interior sustancia blanquecina en polvo, que resultó ser cocaína al test orientativo por goteo realizado, con un peso total de 4 gramos; nueve (9) envoltorios de nylon transparente, alojando en su interior sustancia de origen vegetal color verde amarronada, la que por su aroma, color y textura, se trataría de marihuana, con un peso total de 16

    Fecha de firma: 27/10/2021

    Firmado por: A.W.S., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.A.T.S., SECRETARIA DE CAMARA

    2

    Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: G.J.Y., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Cámara Federal de Casación Penal Sala II

    Causa Nº FMZ...

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