Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 28 de Septiembre de 2021, expediente FLP 021546/2017/TO01/13/1/CFC003

Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

FLP 21546/2017/TO1/13/1/CFC3

REGISTRO NRO. 1570 /21.4

Buenos Aires, 28 de septiembre de 2021.

AUTOS Y VISTOS:

Integrada la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal por los doctores M.H.B.–.-, J.C. y Ángela E.

Ledesma –Vocales-, reunidos de manera remota de conformidad con lo establecido en la Acordada 27/20 de la C.S.J.N. y 15/20 de la C.F.C.P., con el objeto de dictar resolución, en la presente causa FLP

21546/2017/TO1/13/1/CFC3 caratulada: “CARRAZZONE,

R.E. s/ Ley 24.390”.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro. 2 de La P. resolvió prorrogar la prisión preventiva de R.E.C. a partir del 10 de agosto de 2021 hasta la finalización del debate oral.

  2. Que en atención al control que en la materia incumbe a esta Cámara Federal de Casación Penal, el Tribunal Oral mencionado elevó las presentes actuaciones.

  3. Corrida la vista al señor F. General ante esta Cámara consideró que debe ser homologada la resolución que prorroga la prisión preventiva del imputado.

  4. Que habrá de tomarse nota de la prórroga de la prisión preventiva, ello teniendo en cuenta que el día 31 de marzo pasado se dió inicio a la audiencia de debate fijada en las actuaciones, razón por la cual, a fin de garantizar la presencia del imputado, es que estimamos conveniente mantener la medida impuesta, modificándola en cuanto a su duración, por el término de seis meses o hasta la finalización del debate, lo que ocurra primero,

    encomendándole al tribunal que imprima celeridad al Fecha de firma: 28/09/2021

    Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: A.E.L., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: C.J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.F.O., PROSECRETARIO DE CAMARA

    desarrollo del debate (arts. 75 inc. 22 de la C.N.,

    9.3 del PIDCyP y 7.5 de la CADH).

    Por ello, el tribunal

    RESUELVE:

  5. TOMAR NOTA de lo resuelto e informado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro. 2 de La P. que resolvió prorrogar la prisión preventiva de R.E.C. a partir del 10 de agosto de 2021 por el término de seis meses o hasta la...

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