Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 22 de Diciembre de 2020, expediente FCT 000357/2019/1/CFC001

Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

CFCP – Sala I

Cámara Federal de Casación Penal FCT 357/2019/1/CFC1

ALDERETE NÚÑEZ, R.G. s/ recurso de casación

Registro Nro. 1951/20

Buenos Aires, 22 de diciembre de 2020.

AUTOS Y VISTOS:

La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal bajo la Presidencia de la señora jueza, doctora A.M.F., e integrada por los señores jueces, doctores D.A.P. y D.G.B. como Vocales, reunidos de manera remota y virtual de conformidad con lo establecido en los Decretos 260/20, 297/20, 325/20,

355/20, 408/20, 459/20, 493/20, 520/20, 576/20, 605/20,

641/20, 677/20, 714/20, 754/20, 792/20, 814/20, 875/20,

956/20 y 1033/20 del Poder Ejecutivo Nacional (PEN),

Acordadas 4/20, 6/20, 8/20, 10/20, 12/20, 13/20, 14/20,

16/20, 18/20, 25/20, 27/20 y 31/20 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), y Acordadas 3/20, 4/20, 5/20,

6/20, 7/20, 8/20, 9/20, 10/20, 11/20, 12/20, 13/20, 14/20 y 15/20 de esta Cámara Federal de Casación Penal (CFCP), para decidir acerca de la admisibilidad del recurso de casación interpuesto en el presente legajo N° FCT 357/2019/1/CFC1

del registro de esta Sala I, caratulado: “ALDERETE NÚÑEZ,

R.G. s/ recurso de casación”.

Y CONSIDERANDO:

La señora jueza doctora A.M.F. y el señor juez D.G.B. dijeron:

  1. Que, en fecha 7 de noviembre de 2019, la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes resolvió

    confirmar la resolución del Juzgado Federal Nro. 1 de Corrientes que no hizo lugar a la excarcelación solicitada a favor de R.G.A.N..

  2. Que, contra esa decisión, la defensa pública oficial de R.G.A.N. interpuso el recurso Fecha de firma: 22/12/2020

    Firmado por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Firmado por: D.G.B., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL

    CFCP – Sala I

    Cámara Federal de Casación Penal FCT 357/2019/1/CFC1

    ALDERETE NÚÑEZ, R.G. s/ recurso de casación

    de casación en estudio, el que fue concedido el 27 de febrero de 2020.

    La parte recurrente encauzó su presentación de conformidad con lo normado en el artículo 456 inciso 2° del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN).

    Al respecto, sostuvo que el pronunciamiento recurrido constituye una sentencia arbitraria al encontrarse fundada en argumentos meramente aparentes y por haberse omitido brindar una respuesta adecuada a sus planteos.

    Precisó que no surgen elementos que demuestren que su asistido pueda llegar a entorpecer o eludir el accionar de la justicia. En este orden de ideas, indicó que la gravedad del hecho y de la pena prevista en abstracto no pueden utilizarse como únicos fundamentos para el encarcelamiento cautelar de su defendido.

    Sobre este punto añadió que la decisión recurrida no se ajustó a los parámetros establecidos en el fallo plenario “D.B.” de esta CFCP, violándose de esta manera el art. 10 de la Ley 24050 (texto originario).

    Agregó que lo expuesto por la Cámara a quo consistente en la posible existencia de una organización criminal dedicada al comercio trasnacional de estupefacientes carece de pruebas objetivas y que, aún si existiera, tampoco constituiría prueba alguna de que su defendido se fugará o entorpecerá la investigación.

    Sostuvo que el hecho de ser su asistido extranjero y no contar con un domicilio, no se traduce en...

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