Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 17 de Agosto de 2018, expediente FSA 076000151/2012/TO01/42/1

Fecha de Resolución17 de Agosto de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

FSA 76000151/2012/TO1/42/1

REGISTRO N° 1029/18

Buenos Aires, 17 de agosto de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa FSA

76000151/2012/TO1/42/1 del Registro de este Tribunal, caratulada: “CALLAO, A. y otros s/

recurso extraordinario”, acerca de la admisibilidad de los recursos extraordinarios presentados por las defensas de A.C. (fs. 94/101 vta.); de R.M.B. (fs. 102/129); y de C.S., J.E.M., F.T.B. y F.C. (fs. 139/150 vta.).

Y CONSIDERANDO:

  1. Con fecha 8 de junio de 2018 esta Sala resolvió: “

  2. RECHAZAR los recursos de casación interpuestos por las defensas de S.L.G., R.M.B., C.S., R.A.C., J.E.M., A.H.R., J.C.V., F.C., R.A.H., A.C. y T.F.B.. Sin costas en esta instancia (arts. 530 y ccs. del C.P.P.N.).;

  3. HACER LUGAR a los recursos de casación interpuestos por el Ministerio Público Fiscal y la parte querellante (apoderados de M.E.V., ANULAR la sentencia recurrida en cuanto declaró la nulidad parcial de la acusación fiscal (punto dispositivo III) y dispuso las absoluciones de R.M.B., A.H.R., J.C.V., R.A.C. y S.F. de firma: 17/08/2018

    Alta en sistema: 21/08/2018

    Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

    Firmado(ante mi) por: M.J. GUARDO, PROSECRETARIA DE CAMARA

    L.G. (puntos dispositivos XII, XIV y XV

    -con el alcance precisado supra-) y REENVIAR la causa al tribunal de origen para que, previa sustanciación dicte un nuevo pronunciamiento ajustado a derecho (cfr. art. 471 del C.P.P.N.). Sin costas en esta instancia (arts. 530 y ccs. del C.P.P.N.);

  4. TENER PRESENTE la reserva del caso federal formulada por las partes”.

  5. Contra esa decisión interpusieron recursos extraordinarios las defensas de A.C. –contra el punto dispositivo I- (fs. 94/101

    vta.); de R.M.B. –contra el punto dispositivo II- (fs. 102/129); y de C.S.,

    J.E.M., F.T.B. y F.C. –contra el punto dispositivo I-

    (fs. 139/150 vta.).

    Las defensas de todos los nombrados arguyeron que la sentencia fue arbitraria, lo que redunda en una afectación del derecho de defensa de los acusados.

  6. Se confirió el traslado al que alude el artículo 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. En tal oportunidad, el Ministerio Público Fiscal solicitó que se rechacen los recursos extraordinarios federales interpuestos (fs. 132/134 y 153/155 vta.).

    Y CONSIDERANDO:

    Por un lado...

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