Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 17 de Agosto de 2018, expediente FSA 076000151/2012/TO01/42/1
Fecha de Resolución | 17 de Agosto de 2018 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4
FSA 76000151/2012/TO1/42/1
REGISTRO N° 1029/18
Buenos Aires, 17 de agosto de 2018.
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver en la presente causa FSA
76000151/2012/TO1/42/1 del Registro de este Tribunal, caratulada: “CALLAO, A. y otros s/
recurso extraordinario”, acerca de la admisibilidad de los recursos extraordinarios presentados por las defensas de A.C. (fs. 94/101 vta.); de R.M.B. (fs. 102/129); y de C.S., J.E.M., F.T.B. y F.C. (fs. 139/150 vta.).
Y CONSIDERANDO:
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Con fecha 8 de junio de 2018 esta Sala resolvió: “
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RECHAZAR los recursos de casación interpuestos por las defensas de S.L.G., R.M.B., C.S., R.A.C., J.E.M., A.H.R., J.C.V., F.C., R.A.H., A.C. y T.F.B.. Sin costas en esta instancia (arts. 530 y ccs. del C.P.P.N.).;
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HACER LUGAR a los recursos de casación interpuestos por el Ministerio Público Fiscal y la parte querellante (apoderados de M.E.V., ANULAR la sentencia recurrida en cuanto declaró la nulidad parcial de la acusación fiscal (punto dispositivo III) y dispuso las absoluciones de R.M.B., A.H.R., J.C.V., R.A.C. y S.F. de firma: 17/08/2018
Alta en sistema: 21/08/2018
Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Firmado(ante mi) por: M.J. GUARDO, PROSECRETARIA DE CAMARA
L.G. (puntos dispositivos XII, XIV y XV
-con el alcance precisado supra-) y REENVIAR la causa al tribunal de origen para que, previa sustanciación dicte un nuevo pronunciamiento ajustado a derecho (cfr. art. 471 del C.P.P.N.). Sin costas en esta instancia (arts. 530 y ccs. del C.P.P.N.);
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TENER PRESENTE la reserva del caso federal formulada por las partes”.
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Contra esa decisión interpusieron recursos extraordinarios las defensas de A.C. –contra el punto dispositivo I- (fs. 94/101
vta.); de R.M.B. –contra el punto dispositivo II- (fs. 102/129); y de C.S.,
J.E.M., F.T.B. y F.C. –contra el punto dispositivo I-
(fs. 139/150 vta.).
Las defensas de todos los nombrados arguyeron que la sentencia fue arbitraria, lo que redunda en una afectación del derecho de defensa de los acusados.
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Se confirió el traslado al que alude el artículo 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. En tal oportunidad, el Ministerio Público Fiscal solicitó que se rechacen los recursos extraordinarios federales interpuestos (fs. 132/134 y 153/155 vta.).
Y CONSIDERANDO:
Por un lado...
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