Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - CAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA, 31 de Mayo de 2019, expediente FBB 016975/2017/1/CA001

Fecha de Resolución31 de Mayo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA

Poder Judicial de la Nación Expte. Nº FBB 16975/2017/1/CA1 – Sala II – Sec. 2 Bahía Blanca, de mayo de 2019.

VISTO: Este expediente Nº FBB 16975/2017/1/CA1, caratulado: “Incidente de

Nulidad… En autos: ‘BERNON, F.B. p/ Infracción ley 23.737’”,

venido del Juzgado Federal Nº 1 de la sede, para resolver el recurso de apelación

interpuesto a fs. sub 27/28, contra la resolución de fs. sub 21/26.

El señor Juez de Cámara, doctor L.S.P., dijo:

1ro.) El señor Juez de la instancia de grado no hizo lugar al

planteo de nulidad incoado por el defensor oficial respecto de la pericia realizada

sobre las semillas vegetales secuestradas; lo que motivó que interpusiera recurso de

apelación (fs. sub 21/26 y 27/28).

Centró sus agravios en que el auto adolece de deficiente

fundamentación, en tanto el juez a quo resolvió en base a la falta de objeciones por

parte de los propios técnicos cuya labor se cuestiona; y que se hayan considerado en

forma negativa para el encartado las conclusiones del gabinete científico, cuando

dicho laboratorio no se encuentra validado por el propio ente de control nacional y

específico en la materia.

Además, manifestó que el punto en discusión no puede ser

zanjado con la realización de una nueva pericia, en tanto el argumento de la nulidad

alegada está vinculado a la inutilidad del material incautado, por su deficiente

preservación.

Asimismo, cuestionó el rechazo de las objeciones relacionadas

con el deficiente trámite seguido en el caso, omitiéndose instancias esenciales de

procedimiento (notificaciones a la defensa), directamente conectadas con el resguardo

y tutela de derechos fundamentales del imputado.

2do.) A fs. sub 32/34 vta., presentó escrito sustitutivo de la

audiencia prevista en el art. 454, CPPN (Acs. CFABB 72/08, 47/09 y 8/16), en el que

desarrolló los agravios que fundan su apelación. A fs. sub 35/37 hizo lo propio el

Sr. Fiscal General

subrogante, en el que propicia el rechazo del recurso.

3ro.) La presente causa se inició el 12 de octubre de 2017, al

concurrir dos jóvenes ante la Oficina de Encomiendas Postales Internacionales de la

Fecha de firma: 31/05/2019 Firmado por: P.E.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: L.S.P., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.A.S., SECRETARIA #32078284#235990433#20190531132606647 Poder Judicial de la Nación Expte. Nº FBB 16975/2017/1/CA1 – Sala II – Sec. 2 AFIPDGA, a fin de retirar una encomienda, reclamada por F.B.B.,

quien declaró que contenía 2 tarjetas de memoria RAM para PC.

Conforme a los procedimientos internos se procedió a la

apertura de aquélla y se observó que contenía 5 paquetes con ilustraciones que daban a

entender que se trataba de semillas de tomates; sin embargo, al abrirlos se observó que

había unas pequeñas cápsulas dentro de sobres transparentes, que contenían semillas

que, a primera vista, eran similares a las de cannabis sativa.

Se solicitó a los testigos que eligieran un sobre al azar, el que

contenía tres semillas de las que se seleccionó una. Sometida al test de orientación,

éste arrojó resultado negativo para marihuana. Sin embargo, ante el requerimiento del

secretario del juzgado que intervino, se realizó un segundo examen, a cargo del

USO OFICIAL Auxiliar Superior de 5ta., del Gabinete Científico Bahía Blanca, K.A.,

quien luego de realizar un corte en dos de las semillas, pudo ver que poseía

características morfológicas similares a las de cannabis.

Ello motivó, en lo que aquí interesa, el secuestro del material,

consistente en cinco sobres que contenían pequeñas cápsulas, en ambos casos

transparentes, que en su interior contenían las semillas mencionadas, dentro de un

sobre de papel madera con firma del personal que intervino y de los testigos

convocados (c.fr. informe del secretario de fs. sub 1/vta. y acta de procedimiento de fs.

sub 2/3).

Los efectos secuestrados fueron reservados en la sede de la

Delegación local de la Policía Federal Argentina y, el 23 de febrero de 2018, luego de

ser recibidos por el juzgado interviniente para su registro, se encomendó la realización

de la...

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