Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 4 - SECRETARIA, 10 de Octubre de 2018, expediente FSM 002411/2006/TO01/1

Fecha de Resolución10 de Octubre de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 4 - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN MARTIN 4 FSM/2411/2006/TO1 Martín, 10 de octubre de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa FSM 2411/2006/TO1 (Registro Interno nro. 1695) seguida a C.E.Á. respecto de la prescripción de la acción penal respecto de los delitos previstos en los artículos 292, ap. 1º y 174, inc. 5º, en función del 172 del C.P.

RESULTA:

  1. Que a fs. 293/300 del principal, el señor Co-Fiscal Federal, doctor J.B., requirió la elevación a juicio de las presentes actuaciones respecto de C.E.Á., imputándole haber incurrido, en su caracteres apoderado de la firma “MOLIENDAS LAS AMERICAS SRL”, en la comisión de la maniobra dolosa de presentación de boletas de depósito falsificadas del pago a cuenta IVA previsto por la Resolución General de la AFIP Nro. 1246/2002, para realizar el retiro de la harina en los molinos “M.H.”, “CABODI S.A.” y “CANEPA Hnos”, con los cuales había convenido servicio de molienda a fason y de tal forma defraudar a la Administración Pública del Estado Nacional (AFIP-DGI).

    Asimismo, detalló los comprobantes presentados de la siguiente manera: aportados a la empresa M.C.H.. S.A.: 15/04/02 ($1.440), Fecha de firma: 10/10/2018 Firmado por: ALEJANDRO DE KORVEZ, JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: K.S.R., SECRETARIA DE JUZGADO #32688525#218617073#20181010100403032 19/04/02 ($1.980), 26/04/02 ($1.180), 26/04/02 ($2.460), 26/04/02 ($3.180), 26/04/02 ($3.180), 6/05/02 ($2.980), 9/05/02 ($3.000), 14/05/02 ($6.000), 15/05/02 ($7.200), 24/05/02 ($2.000), 10/06/02 ($3.000), 10/06/02 ($4.800), 21/06/02 ($5.000), 27/06/02 ($5.800), 03/07/02 ($4.000) y 10/07/02 ($3.900); Aportados en Molinos Marteletti Hnos. S.R.L.: 19/04/02 ($1.980), 26/04/02 ($2.200), 6/05/02 ($2.980), 9/05/02 ($3.000), 24/05/02 ($4.000), 27/06/02 ($1.500) y a C.H.. S.A.:

    15/04/02 ($1.440), 6/05/02 ($2.980).

    Calificó dicha conducta como constitutiva del delito de simulación dolosa de pago parcial de obligaciones tributarias –art. 11 de la ley 24.769-, lo que lograron mediante la falsificación de comprobantes oficiales de pagos bancarios –art. 292, ap. 1º del C.P.- y de tal forma perjudicaron a la Administración Publica Nacional –art. 174, inc. 5º, en función del 172 del C.P.- concursando en forma real la primera figura con la defraudación y falsificación.

  2. Una vez recibida la presente causa en este Tribunal, se citó a las partes a juicio en los términos del art. 354 del C.P.P.N. (9/11/2006; fs.

    388 del principal).

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