Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 21 de Mayo de 2018, expediente FSA 022045/2017/1/CA001

Fecha de Resolución21 de Mayo de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 22045/2017/1/CA1 Salta, 21 de mayo del 2018.

Y VISTA:

Esta causa N° FSA 22045/2017/1/CA1 caratulada “INCIDENTE DE EXCARCELACIÓN DE ALDECO, D.C.", originaria del Juzgado Federal Nº 1 de Jujuy, y; RESULTANDO:

1) Que se eleva el incidente de referencia a este Tribunal de Alzada con motivo del recurso de apelación interpuesto por la defensa particular de D.C.A. a fs. 17/18 contra el auto de fecha 13 de diciembre del 2017, obrante a fs. 13/16 por el cual se le denegó la excarcelación y prisión domiciliaria solicitadas.

2) Que las actuaciones principales se iniciaron el día 13 de noviembre de 2017, cuando personal de la Sección Reforzada “Libertad General S.M.” dependiente del Escuadrón 60 de Gendarmería Nacional, realizaba un operativo público de prevención sobre la Ruta Provincial Nº 34, a la altura del km 1287 -Departamento Ledesma, Provincia de Jujuy-, detuvo la marcha de un vehículo marca Chevrolet, modelo Aveo LS, dominio IXC-991, proveniente de la localidad de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán con destino final a M., conducido por D.M.Z.A. acompañado por la apelante -D.C.A.-.

Al momento de requisar el vehículo el personal preventor advirtió que los tubos para el funcionamiento del aire Fecha de firma: 21/05/2018 Alta en sistema: 22/05/2018 Firmado por: G.F.E. JUEZ DE CAMARA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA #30971474#205190215#20180522090337377 acondicionado se encontraban cortados y que en su interior los tornillos se habrían modificado, por lo que se procedió a la apertura del compartimiento lográndose el secuestro 29 paquetes envueltos en bolsas “ziploc”, con un peso total de 13, 165 kg de cocaína.

3) Que para rechazar la solicitud del beneficio excarcelatorio, el a quo tuvo en cuenta la naturaleza y gravedad del hecho incriminado (transporte de estupefacientes, art. 5 inc. c de la ley 23.737), su escala penal -que no permitiría, en caso de recaer condena, que la pena sea condicional-, la severidad de la pena y el grado de presunción de culpabilidad, el escaso tiempo de detención, la carencia de trabajo lícito como así también el estado procesal de la causa encontrándose pendiente la incorporación de medidas probatorias que podrían ser entorpecidas en caso de otorgársele la libertad.

Respecto a la prisión domiciliaria planteada en subsidio, sostuvo que se trata de una facultad discrecional exclusiva delegada al juez y no una obligación imperativa y automática, por lo que al no haberse acreditado el vínculo filiatorio de los menores y no haberse demostrado que el interés superior de los niños se encontraba comprometido, sino que por el contrario surgía que éstos se encontraban inmersos en un ambiente adverso, por lo que no correspondía hacer lugar al pedido.

4) Que al interponer el recurso de apelación la defensa consideró que la resolución incurrió en falta de fundamentación y en motivación contradictoria para denegar el pedido de excarcelación.

Fecha de firma: 21/05/2018 Alta en sistema: 22/05/2018 Firmado por: G.F.E. JUEZ DE CAMARA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA #30971474#205190215#20180522090337377 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 22045/2017/1/CA1 Respecto al pedido de prisión domiciliaria en subsidio, dijo que incurrió también en una contradicción con la expresa letra de la ley, ya que el inc. “e” del art. 10 del Código Penal determina que el beneficio es aplicable a la mujer embarazada en arbitrariedad por no tratarse de una facultad discrecional del juez.

Asimismo, ante esta Alzada a fs. 43/46 reiteró

que la resolución incurrió en motivación contradictoria y vicio de falta de motivación...

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