Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 4 de Mayo de 2018, expediente CFP 013484/2017/1/CA003

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2018
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 13484/2017/1/CA3 Sala II - CFP 13484/2017/1/CA3 “G., C.A. s/ excarcelación”

Juzgado n° 5 - Secretaría n° 10 Buenos Aires, 04 de mayo de 2018.

VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

  1. Que vienen las presentes actuaciones a conocimiento y decisión del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido a fs.

    20/24 por la Defensora Oficial Dr. Florencia G. Plazas, contra la resolución de fs. 16/17vta. por la que se denegara la excarcelación de C.A.G., bajo ningún tipo de caución.

    En primer lugar, sostuvo la defensa que la amenaza de pena no puede constituir un parámetro suficiente a efectos de sustentar la privación de la libertad de su asistido. Por otra parte, argumentó que éste no fue notificado personalmente de la obligación de comparecer mensualmente ante la judicatura. A su vez, destacó que el domicilio aportado por G. ha sido debidamente constatado.

  2. Cabe recordar en primer término que el día 14 de septiembre de 2017 a G. le fue concedida por el a quo la excarcelación bajo caución juratoria y que el 21 de noviembre del mismo año fue procesado sin prisión preventiva como autor del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización -art. 5° inc. ‘c’ de la Ley 23.737. El magistrado entendió entonces que las condiciones para asegurar su sujeción al proceso no habían cambiado, imponiéndole al encausado su comparencia ante el juzgado del 1 al 5 de cada mes.

    Con posterioridad a ello, dispuso citar al imputado a fin de que se presente con el fin de notificarle lo resuelto, no siendo habido en su teléfono particular así como tampoco en el domicilio ubicado en Salta 9.., 1er. piso, habitación n° 8 de esta ciudad, que había aportado al concedérsele la excarcelación, cuando se comprometió formalmente a presentarse ante todo llamado del juez de la causa (v. fs. 5 de este legajo).

    Frente a su incomparecencia, el 21 de febrero de 2018 fue declarado rebelde y se ordenó su inmediata detención, siendo finalmente llevada a cabo...

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