Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1, 8 de Septiembre de 2017, expediente FRE 008043/2017/1/CA001

Fecha de Resolución 8 de Septiembre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Secretaría Penal N°1 SISTENCIA, a los días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete.

Y VISTOS:

El presente expediente, registro N° FRE 8043/2017/1/CA1, caratulado: “Incidente de Excarcelación de Ferril, M.Á. s/ Infracción Ley 23.737”, proveniente del Juzgado Federal de Primera Instancia de Presidencia R.S.P.; del que RESULTA:

  1. - Que a fs. 2/6 la Defensora Pública Oficial Subrogante, Dra. E.A., en representación de M.Á.F., solicita el beneficio de la OFICIAL excarcelación de su defendido.

    A fs. 13 vta. el Sr. Fiscal Federal dictamina por el rechazo de la solicitud.

  2. - Oído el representante del Ministerio Público USO Fiscal, a fs. 15/17 vta. el Sr. Juez Federal Subrogante de Primera Instancia resuelve no hacer lugar al beneficio impetrado, estimando que existe riesgo procesal en la especie.

    En ese sentido refirió que el mismo se encuentra imputado en los autos principales por infracción al Art. 5 inc. c) de la Ley 23.737 – “Transporte de Estupefacientes”

    cuya escala penal conminada en abstracto, impide toda posibilidad de condena de ejecución condicional, lo cual amerita ser considerado como una condición de positividad en el pronóstico que hace a la peligrosidad procesal.

    Además afirmó que no puede soslayarse del análisis del cuadro fáctico el grado de efectiva afectación del bien jurídico.

    Entendió que se trata de una actividad que involucra diversos actores, y la posible participación del imputado en una organización de tráfico de estupefacientes lo cual lo colocaría en una situación de poder eludir el accionar de la justicia y/o entorpecer la investigación.

    Fecha de firma: 08/09/2017 Alta en sistema: 11/09/2017 Firmado por: ANA VICTORIA ORDER, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.A. , SECRETARIA DE CÁMARA #30133275#187885615#20170908093613146 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Secretaría Penal N°1 Por último resaltó el estado primigenio en que se encuentra las actuaciones, hallándose en espera la producción de medidas de importancia para el esclarecimiento del hecho y la individualización de personas vinculadas al circuito comercial de estupefacientes.

  3. - Que a fs. 18/25 vta. la defensa técnica de Ferril deduce apelación contra el mencionado resolutorio por entender, en lo esencial, que la denegación deviene arbitraria por cuanto no se advierten indicios de peligrosidad procesal en el imputado.

    Afirma que no eludirá el accionar de la justicia, ni entorpecerá ninguna medida probatoria, por lo que solicita a esta Alzada que revoque lo resuelto por el a OFICIAL quo; en caso contrario -afirma- se violarían flagrantemente los derechos fundamentales de todo individuo.

    Además señala que la resolución en crisis carece USO de fundamentos reales toda vez que se basa en la eventual pena que pudiera recaer sobre su asistido, al referir que el encartado se encuentra imputado por el delito de Transporte de Estupefacientes (art. 5to. inc. c, Ley 23737) cuya escala penal conmina en abstracto, lo que importa la posibilidad de una fuerte condena en su contra.

    Remarca que el a quo no valoró las condiciones personales del imputado, como ser que posee...

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