Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 3, 25 de Julio de 2016, expediente FSM 050367/2015/1/CA001

Fecha de Resolución25 de Julio de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 3

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3 Causa N° 50367/2015/1/CA1 (7559).“Incidente Nº 1 -

IMPUTADO: MANDIONI, LEONARDO s/INCIDENTE DE EXIMICION DE PRISION”.Juzgado Federal N°3 de M..

Secretaria Nº 10.

Registro de Cámara: 7564 M., 25 de julio de 2016.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Viene esta incidencia a estudio del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por la defensa técnica de L.M.B., contra el auto que no hizo lugar a la exención de prisión del nombrado, bajo ningún tipo de caución (Cfr. Fs. 30/30 vta.).

Puesto a resolver sobre el objeto en debate, toca señalar que el magistrado a quo precalificó los hechos endilgados al prófugo como asociación ilícita en concurso real con el delito de robo agravado, en grado de tentativa, por haberse cometido en poblado y en banda, y con la participación en su ejecución de miembros integrantes de las fuerzas de seguridad y tenencia ilegal de arma de fuego (Arts. 166, inc.

  1. , 167 bis, 189 bis y 210, del Código Penal).

La Cámara Federal de Casación Penal, declaró como doctrina plenaria que no basta en materia de excarcelación o exención de prisión para su denegación la imposibilidad de futura condena de ejecución condicional, o que pudiere corresponderle al imputado una pena privativa de la libertad superior a ocho años (Arts. 316 y 317 del CPPN), sino que deben valorarse en forma conjunta con otros parámetros, tales como los -1-

Fecha de firma: 15/07/2016 Firmado por: M.D.F., Firmado por: L.B.S., Firmado(ante mi) por: C.G.B., SECRETARIO DE CAMARA #27789768#157988522#20160725082028827 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3 Causa N° 50367/2015/1/CA1 (7559).“Incidente Nº 1 -

IMPUTADO: MANDIONI, LEONARDO s/INCIDENTE DE EXIMICION DE PRISION”.Juzgado Federal N°3 de M..

Secretaria Nº 10.

Registro de Cámara: 7564 establecidos en el Art. 319 del ordenamiento ritual, a los fines de determinar la existencia de riesgo procesal (Plenario 13, Acuerdo 1/2008, “D.B., R.G. s/ recurso de casación”, del 30/10/08).

Para tal doctrina, no cabe la posibilidad de delitos no excarcelables por el monto de la pena en expectativa, o aún por la imposibilidad de una condena de ejecución condicional, debiéndose verificar la presencia de riesgo procesal en el caso concreto sometido a estudio.

De tal modo –de acuerdo al...

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