Sentencia de CAMARA FEDERAL, 30 de Junio de 2015, expediente FPA 012012912/2011/1/CA002

Fecha de Resolución30 de Junio de 2015
EmisorCAMARA FEDERAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 12012912/2011/1/CA2 Paraná, 30 de junio de 2015.

VISTO, en Acuerdo de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, integrada por D.E.A., V.; y M.J.B., Juez de Cámara; constituido así el Tribunal en virtud del art.

109 del R.J.N. –Dra. C.G.G. en uso de licencia-, el Expte. Nº FPA 12012912/2011/1/CA2, caratulado “INCIDENTE DE EXENCIÓN DE PRISIÓN DE I.I., R.M. EN AUTOS ´I.I., R.M. POR INFRACCIÓN LEY 24.769´” proveniente del Juzgado Federal N° 1 de esta ciudad, y; DEL QUE RESULTA:

El Dr. D.E.A., dijo:

Que, los presentes autos son traídos a despacho a fin de resolver la excusación interesada por la Secretaria de Cámara, Dra. E.S., en base a lo dispuesto por los arts. 63 y 55 inc. 11 del CPPN, respecto de R.M.I.I..

Y CONSIDERANDO:

Que, encontrándose las presentes en estado de resolver, cabe tener presente que el art. 63 del CPPN preve que "Los secretarios y auxiliares deberán inhibirse y podrán ser recusados por los motivos expresados en el Fecha de firma: 30/06/2015 Firmado por: D.E.A. Firmado por: M.J.B. Firmado(ante mi) por: G.R.P., PROSECRETARIO DE CÁMARA artículo 55...”

Asimismo, vale destacar que “las causales de excusación deben interpretarse con amplitud...

apuntándose a una mayor garantía de imparcialidad, pues no parece sensato imponer al juez que intervenga en un proceso, cuando la considera afectada” (D´Albora, F.J.; Código Procesal Penal de la Nación; Octava Edición corregida, ampliada y actualizada por N.F.

D´Albora, A.P., Buenos Aires, pág. 119)

Que, respecto de la causal invocada por la Actuaria, esto es la “amistad íntima, o enemistad manifiesta con alguno de los interesados”, se ha sostenido que “tiene que revelarse por una frecuencia de cordialidad en el trato, o por una aversion exteriorizada y, como tal, verificable.” (D´Albora, F.J.; op.

cit., pág. 128)

A la luz de tales consideraciones, toda vez que la Actuaria alega hallarse comprendida en una de las causales expresamente previstas respecto de R.M.I.I. -interesado en los términos del art. 56 del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR