Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala A, 27 de Abril de 2017, expediente CIV 090989/2007/1

Fecha de Resolución27 de Abril de 2017
EmisorCamara Civil - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA A 90989/2007 Incidente Nº 1 - DEMANDADO: M N C s/EJECUCION DE HONORARIOS - INCIDENTE CIVIL Buenos Aires, de abril de 2017.- PM AUTOS Y VISTOS:

Sabido es que el artículo 40 de la ley 21.839, relativo a los procesos de ejecución, dispone que ellos se considerarán divididos en dos etapas, comprendiendo la segunda las actuaciones posteriores a la sentencia, hasta el cumplimiento definitivo de ésta.-

Son los trabajos correspondientes a esa etapa, los practicados en autos, con la finalidad del cobro de los honorarios del letrado(conf.esta Sala H.423.401 del 11/3/05 y sus citas, entre muchas otras).-

En virtud de estas razones, dada la baja entidad del interés comprometido en la ejecución, haciendo uso de los mínimos contemplados por la ley 24.432, los que alcanzan a todo el proceso (conf esta Sala H 280.754 del 23/9/99 ; íd H 441.443 del 21/10/05; íd H 454.349 del 27/4/06 y sus citas), al alcance del recurso (bajos), corresponde confirmar la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR